El 2015 estuvo repleto de cambios: se recopiló la normatividad en materia de trabajo y ahora se cuenta con un decreto único; la unidad de gestión de pensiones y parafiscales –UGPP– expidió un nuevo acuerdo; la Corte Constitucional no paró de proferir sentencias protectoras de los derechos laborales; la salud dejó de ser una obligación para ser un derecho fundamental; estos y muchos más sucesos conformaron el 2015.
El 2015 estuvo repleto de cambios: se recopiló la normatividad en materia de trabajo y ahora se cuenta con un decreto único; la unidad de gestión de pensiones y parafiscales –UGPP– expidió un nuevo acuerdo; la Corte Constitucional no paró de proferir sentencias protectoras de los derechos laborales; la salud dejó de ser una obligación para ser un derecho fundamental; estos y muchos más sucesos conformaron el 2015.
En el primer semestre del año, el Ministerio de Trabajo expidió el Decreto 1072 del 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Trabajo, el cual recopiló la normatividad en materia laboral, relaciones y jornadas laborales. Dado que este decreto une toda la normatividad vigente en materia de trabajo, permite una consulta sencilla; sin embargo, esta nueva implementación ha traído dudas, como lo es la derogatoria de los decretos que compila.
La UGPP finalizó el año con la expedición del Acuerdo 1035 del 29 de octubre del 2015; en este fijó las pautas de liquidación de aportes al Sistema de Seguridad Social en Pensión, Salud, SENA, ICBF y el régimen de subsidio familiar. Con este cuerdo la UGPP indicó que los pagos no constitutivos de salario se excluyen de la base de cotización; sin embargo, lo relevante del acuerdo es la inclusión de los excesos de pagos no laborales en la base de cotización para ARL.
El 16 de febrero se sancionó la Ley 1751 o Ley Estatuaria de Salud, con la cual se consagró la salud como derecho fundamental y no como un servicio obligatorio. Esta ley fue sancionada extemporáneamente, por lo cual se analizó la posibilidad de declarar su inexequibilidad; sin embargo, en Sentencia C-634 del 2015, la Corte Constitucional ratificó la exequibilidad de esta.
Con dicha ley se buscan varios propósitos: facilitar el acceso a los servicios de salud al eliminar las autorizaciones para las atenciones de urgencias, fortalecer el control de precios de medicamentos, acelerar la inclusión de nuevos tratamientos, entre otros.
Este año el Gobierno Nacional, en busca de promover la educación laboral, presentó una guía en la cual se aclararon conceptos sobre servicio doméstico, salario mínimo, cesantías, intereses de cesantías, vacaciones y demás temas relacionados. La cartilla se ha considerado como un elemento importante en la enseñanza de los derechos laborales para el servicio doméstico.
En lo concerniente a riesgos laborales, el Ministerio del Trabajo en asocio con el Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud, actualizaron las 10 Guías de Atención Integral en Seguridad y Salud en el Trabajo. Tales guías contienen los pasos para prevenir o dar tratamiento a ciertas enfermedades laborales comunes en un trabajador, como lo son: dolor lumbar, dermatitis, cáncer de pulmón, hombro doloroso, entre otras.
Así mismo, se cuenta desde finales de año con los nuevos formatos para evaluar la pérdida de capacidad laboral, los cuales permiten conocer el proceso de calificación y determinación de la calificación, además de ser la herramienta faltante para la correcta aplicación del Manual Único de la Pérdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional.
En tema pensional, Colpensiones innovó con la primera calculadora pensional a disposición de todo ciudadano que desee proyectar su monto pensional como prestación por el trabajo laborado, herramienta avalada por la Superintendencia Financiera de Colombia y ficha clave del programa pedagógico de la entidad Ven por tu futuro, creado para permitir la consulta de temas pensionales y vida laboral.
El Ministerio de Trabajo radicó el Proyecto de Ley 150 – 2015C, Jóvenes sin Barreras, también considerado como la Ley de Primer Empleo. Esta iniciativa busca erradicar los impedimentos de los jóvenes para acceder por primera vez al campo laboral; para esto propone establecer un fondo de capital que facilite financiar el emprendimiento juvenil, crear un Sistema Nacional de Prácticas Laborales y obligar a las entidades públicas a contratar jóvenes sin experiencia.
Además se propone eliminar el requisito de libreta militar para acceder al trabajo, crear incentivos de emprendimiento, definir mecanismos y estrategias para facilitar el acceso de los jóvenes al campo laboral y crear un marco regulatorio para los estudiantes en prácticas laborales. Tal proyecto fue aprobado en segundo debate el 15 de diciembre de 2015.
En el tema pensional, el Ministerio de Trabajo abrió la puerta al debate sobre una reforma pensional; sin embargo, se espera que esta iniciativa sea objeto de discusión en marzo del 2016, y se toquen temas como: Convivencia de los Regímenes de Prima Media y Ahorro Individual, BEPS y el programa Colombia Mayor.
En el último trimestre del año, el Ministerio de Salud y Protección Social anunció la liquidación de la EPS Saludcoop, primer paso en la reorganización del grupo empresarial del mismo nombre. A raíz de esto, más de 4,6 millones de usuarios fueron trasladados a la EPS Cafesalud. Cabe recordar que esta última –después de Saludcoop– es la EPS más grande del grupo empresarial, seguida por Cruz Blanca; sin embargo, se eligió a Cafesalud por su cobertura en Colombia similar a la de Saludcoop.
El presente año la Corte Constitucional tuvo diversos pronunciamientos que dieron lugar tanto a debates como a nuevas posibilidades, entre estas: posibilitó excepcionalmente a los trabajadores independientes para afiliarse al sistema de salud sin cotizar aportes, enfatizó la no obligatoriedad de una sentencia de sucesión para la devolución de saldos, indicó los grados de discapacidad y a cuál de estos hace referencia el fuero de estabilidad reforzada por salud, señaló que el auxilio educativo también es para hijos de crianza, prohibió a los fondos de pensiones retener aportes por no cumplir los requisitos, entre muchas más.
El Ministerio de Trabajo se mostró firme con la protección del trabajador en lo concerniente a riesgos laborales; durante el 2015 expidió múltiples decretos en materia de trabajo. Sin embargo, se deben destacar tres decretos de suma importancia para los riesgos laborales: el año inició con el Decreto 055 del 2015, por el cual se establecen las reglas para la afiliación y pago de aportes de los estudiantes al Sistema General de Riesgos Laborales; para marzo reglamentó los criterios de graduación de las multas para los infractores de las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales, mediante el Decreto 472 del 2015; finalmente, desde septiembre se cuenta con el Reglamento de Seguridad en las Labores Mineras, Decreto 1886 del 2015, con el cual se determinan las normas mínimas de prevención de riesgos laborales para los trabajadores de labores mineras, tanto subterráneas como de superficie.