Las nuevas pequeñas empresas acogidas a la Ley 1429 del 2010 se encuentran exoneradas de la retención en la fuente por renta durante los primeros 5 años de funcionamiento, o durante los primeros 10 años si se encuentran ubicadas en el Amazonas, Guainía y Vaupés.
Además de la progresividad en el pago del impuesto de renta, la Ley 1429 del 2010 trajo otros beneficios tributarios para aquellas nuevas pequeñas empresas que se acojan a esta. Uno de dichos beneficios es no encontrarse sometidas a retención en la fuente durante los primeros 5 años de funcionamiento, o durante los primeros 10 años de funcionamiento si se encuentran ubicadas en el Amazonas, Guainía y Vaupés, los cuales se cuentan a partir del momento en el que se realiza la inscripción en el registro mercantil en la respectiva Cámara de Comercio.
Para que esta exoneración se haga efectiva es necesario observar las disposiciones señaladas en el artículo 4 del Decreto 4910 del 2011, reglamentario de la Ley 1429 del 2010, en el cual se establece que en el período gravable en que sean creadas las nuevas pequeñas empresas, deben probar ante el agente retenedor la calidad de beneficiarios de la Ley 1429 del 2010; para ello deben presentar al agente de retención: