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Obligaciones y beneficios en el régimen tributario especial y novedades frente a la Ley 1943 de 2018

La Ley 1943 de 2018 introdujo algunos cambios relacionados con el régimen tributario especial –RTE–, entre los cuales puede mencionarse la referencia del artículo 364-3 del ET, la cual pasó de llamarse “exclusión del régimen tributario especial” a “pérdida de los beneficios del régimen tributario especial”. 

Fecha de publicación: 24 de abril de 2019
Obligaciones y beneficios en el régimen tributario especial y novedades frente a la Ley 1943 de 2018
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La Ley 1943 de 2018 introdujo algunos cambios relacionados con el régimen tributario especial –RTE–, entre los cuales puede mencionarse la referencia del artículo 364-3 del ET, la cual pasó de llamarse “exclusión del régimen tributario especial” a “pérdida de los beneficios del régimen tributario especial”. 

El artículo 364-3 del ET, luego de la modificación efectuada por el artículo 62 de la Ley 1943 de 2018, hace referencia a la pérdida de los beneficios del régimen tributario especial. La nueva versión de este artículo señala cambios muy importantes, por ejemplo, con relación a que las entidades pertenecientes a este régimen podrán solicitar su calificación para el año siguiente a la pérdida de esta. Lo anterior es una novedad relevante debido a que antes de la Ley de financiamiento, solo se permitía que dichas entidades realizarán tal proceso pasados tres años desde su exclusión. 

Igualmente, la Ley 1943 de 2018 modificó el parágrafo 4 del artículo en mención con relación a la procedencia de los recursos de reposición y apelación, en la situación en que una entidad pierda los beneficios aplicables a este régimen tributario. 

Nota: Tener en cuenta que el artículo 204 del Plan Nacional de Desarrollo para la vigencia 2018-2022 contenido en la Ley 1955 de mayo 25 de 2019, adicionó un inciso al parágrafo 2 del artículo 114-1 del ET, el cual  ya había sido modificado con el artículo 118 de la Ley 1943 de 2018 para indicar que las cooperativas, por no requerir calificación para operar en el régimen especial, empezaban a ganarse la exoneración de aportes al Sena, ICBF y EPS. Dicho inciso aclara la conservación de dicha exoneración.

Objetivos 

  1. Conocer las obligaciones y beneficios aplicables al régimen tributario especial RTE–. 
  2. Señalar los procesos más importantes que deben tener en cuenta las entidades para calificar al régimen tributario especial RTE–. 
  3. Identificar los cambios introducidos por la Ley 1943 de 2018, con relación al régimen tributario especial RTE–. 

Temario 

  • Composición del sistema tributario. 
  • Cuadro comparativo entre los contribuyentes del régimen tributario especial y las cooperativas. 
    • Régimen al que pertenecen. 
    • Tipo de declaración a presentar. 
    • Responsabilidad en el RUT. 
    • Registro en cámara de comercio. 
    • Libros de contabilidad. 
    • Reporte de conciliación fiscal. 
    • Ingresos y egresos fiscales. 
    • Remuneración de los cargos directivos y gerenciales. 
    • Determinación de la renta. 
    • Información exógena. 
    • Registro web y memoria económica. 
    • Otros aspectos para tener en cuenta en el –RTE–. 
    • Novedades frente a la Ley 1943 de 2018. 
    • Caso práctico sobre determinación del impuesto de renta para este régimen. 

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