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Presupuesto de la propiedad horizontal: ¿quién debe elaborarlo y qué debe contener?

La asamblea general de copropietarios tiene como una de sus principales funciones aprobar el presupuesto de la copropiedad, para lo cual se acerca la fecha límite.

Conozca a continuación una serie de pautas que debe tener en cuenta para la elaboración de este presupuesto.

Fecha de publicación: 13 de marzo de 2020
Presupuesto de la propiedad horizontal: ¿quién debe elaborarlo y qué debe contener?
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La asamblea general de copropietarios tiene como una de sus principales funciones aprobar el presupuesto de la copropiedad, para lo cual se acerca la fecha límite.

Conozca a continuación una serie de pautas que debe tener en cuenta para la elaboración de este presupuesto.

Como fue mencionado a través de nuestro editorial Asamblea general de propietarios en propiedad horizontal: se acerca fecha límite de convocatoria, se acerca la fecha límite para llevar a cabo la asamblea general de copropietarios.

Dicha asamblea debe reunirse con el propósito de dar cumplimiento, entre otras cuestiones, a lo previsto a través de los numerales 2 y 4 del artículo 38 de la Ley 675 de 2001, mediante los cuales establece la aprobación del presupuesto para el año siguiente.

Dado lo anterior, y con base en las precisiones realizadas por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP–, se estudiarán una serie de pautas que deben tenerse en cuenta para la elaboración del presupuesto anual de ingresos y gastos de la copropiedad.

Elaboración del presupuesto

El CTCP afirma que las bases para elaborar el presupuesto en una copropiedad son diferentes a las usadas para preparar los estados financieros de períodos intermedios o de fin del ejercicio.

Este consiste en un resumen de los recaudos y desembolsos en los que incurrirá la copropiedad durante determinado período.

Por otra parte, precisa que la ejecución presupuestal es un resumen que deja ver las diferencias entre el presupuesto proyectado y la ejecución presupuestal. Para verificar las cifras presentadas en el informe correspondiente a dicha ejecución, puede utilizarse la información que se tenga en los estados financieros.

Función del administrador

El administrador de la copropiedad, de conformidad con lo previsto en los numerales 1 y 4 del artículo 51 de la mencionada Ley 675 de 2001, tiene como función preparar y someter a consideración del consejo de administración el informe de ejecución presupuestal, el cual generalmente presenta las diferencias con el presupuesto aprobado, así como las explicaciones de las variaciones más importantes.

En el siguiente vídeo, Miguel Santiago Pantoja, abogado consultor en derecho comercial estudia las funciones del administrador en una propiedad horizontal. Veamos:

Normatividad sobre la elaboración del presupuesto

A través del Concepto 350 de 2018 el CTCP enumera los parámetros que deben ser tenidos en cuenta para la elaboración del presupuesto en una propiedad horizontal, el cual debe:

  • Presentarse junto con la ejecución presupuestal (comparación del presupuesto aprobado vs. el presupuesto ejecutado; numeral 4 del artículo 51 de la Ley 675 de 2001).
  • Incrementarse con un porcentaje de recargo no inferior al 1 % sobre el presupuesto anual de gastos comunes y demás ingresos que la copropiedad considere pertinentes, con el fin de atender obligaciones o expensas imprevistas (artículo 35 de la Ley 675 de 2001).

“El presupuesto se elabora sobre la base de las entradas y salidas de caja, y no sobre la base de la causación o devengo”

Por su parte, mediante el Concepto 987 de 2018 se señala al respecto:

  • El presupuesto se elabora sobre la base de las entradas y salidas de caja, y no sobre la base de la causación o devengo.
  • Cuando al final de un período presupuestal existan excedentes de efectivo que no hayan sido comprometidos para cancelar otras obligaciones, dicho sobrante (que no podrá corresponder a los recursos destinados para el fondo de imprevistos) será el punto de partida para la elaboración del presupuesto del año siguiente.

Conoce aquí nuestra Herramienta Interactiva para realizar el presupuesto de copropiedad o edificio de uso residencial.

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