Algunos dignatarios del Tribunal Disciplinario enviaron una carta al Mincit en la que denuncian posibles irregularidades en el funcionamiento de la JCC.
En la citada carta se menciona que al tribunal solo se le asigna el 10 % del presupuesto de la JCC y menos del 12 % del personal.
Algunos dignatarios del Tribunal Disciplinario enviaron una carta al Mincit en la que denuncian posibles irregularidades en el funcionamiento de la JCC.
En la citada carta se menciona que al tribunal solo se le asigna el 10 % del presupuesto de la JCC y menos del 12 % del personal.
Desde que se conoció el texto de un proyecto de decreto que pretende modificar las funciones y la estructura de la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores –UAE JCC–, algunos gremios[1] y dignatarios del Tribunal Disciplinario de la Junta Central de Contadores –JCC–[2] han venido denunciado posibles irregularidades en su funcionamiento.
El 20 de noviembre de 2019 se conoció una carta dirigida al ministro de comercio, industria y turismo y a la directora de regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo –Mincit– en la que tres dignatarios del Tribunal Disciplinario:
Los dignatarios del Tribunal Disciplinario que firman la mencionada carta son:
Este es el documento al que nos referiremos en este editorial.
Las preocupaciones en torno al funcionamiento de la UAE JCC están relacionadas con la estructura administrativa y funcional que tiene el organismo en la actualidad. Dicha estructura ha sido el resultado de las modificaciones que la JCC ha sufrido desde el momento de su creación. A continuación, explicamos las principales modificaciones:
La JCC fue creada por medio del Decreto 2373 de 1956, para actuar como el Tribunal Disciplinario y el órgano de registro de la profesión, pensándose desde el comienzo como un organismo de composición plural. De esta forma quedó estipulado también en las leyes 145 de 1960, 43 de 1990 y 1314 de 2009.
En 1994, mediante el artículo 31 del Decreto 1953, se transformó la JCC en una UAE con el único propósito de facilitar el apoyo logístico y administrativo para el cumplimiento de su actividad misional.
No obstante, dicha transformación fue aprovechada en el Decreto 1955 de 2010 para realizar varios cambios:
Según Franco, Varón y Martínez, las reformas de las que ha sido objeto la JCC han ocasionado los siguientes problemas para el funcionamiento del Tribunal Disciplinario:
a. El Tribunal Disciplinario se encuentra subordinado a la voluntad de quien ocupe el cargo de director general, lo que ocasiona conflictos de autoridad al interior de la JCC.
b. El Tribunal Disciplinario no cuenta ni con el personal suficiente, ni con el presupuesto para ejecutar su actividad misional.
La carta dirigida al Mincit menciona que la UAE JCC solo cuenta con tres funcionarios de libre nombramiento y remoción, junto con ocho cargos auxiliares de carrera administrativa. Entre tanto, vincula a más de 160 contratistas con períodos de tiempo de entre tres y seis meses. Razón por la cual se presenta un alto índice de rotación.
El problema para los miembros del Tribunal Disciplinario es que menos del 12 % de esos contratistas (20) apoyan las funciones del tribunal.
Adicional a lo ya mencionado, al Tribunal Disciplinario se le asigna menos del 10 % de los recursos totales y se les prohíbe a los dignatarios presentar gastos por viáticos y gastos de viajes.
Para Franco, Varón y Martínez esta es la causa por la cual muchos de los procesos disciplinarios que atiende el tribunal caducan o deben archivarse por falta de pruebas. El porcentaje corresponde al 62 % y al 21 % de los procesos, respectivamente.
c. La dirección general de la UAE JCC realiza una ineficiente gestión de los recursos y se apodera de las funciones de inspección y vigilancia del tribunal.
La carta señala que la dirección general asigna gran parte del presupuesto a programas que resultan ineficientes. Para explicar lo anterior citan varios ejemplos:
El primero, el de los programas de visitas in situ que realiza la dirección de la UAE JCC para verificar el cumplimiento de las Normas de Aseguramiento.
En este programa se han aplicado más de $2.000.000.000, pero, según se explica en la carta, los expedientes que se iniciaron no contaban con las pruebas suficientes, por lo que el tribunal solicitó suspender el programa hasta que se corrija la situación.
El segundo, el de cobros de tarjetas profesionales, tarjetas de registro para sociedades de contadores y certificados por antecedentes. Según la carta, los valores que se cobran por esos conceptos son:
Adicional a lo anterior, deben renovarse innecesariamente cuando se emite un nuevo formato de tarjeta.
Los citados dignatarios solicitan que se intervenga la UAE JCC y que se concerté una mesa de trabajo mediante la cual pueda modificarse el Decreto 1955 de 2010, de forma que el Tribunal Disciplinario recupere las funciones que la ley le otorgó desde su creación y cuente con los recursos necesarios para realizar su labor.