Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Si una persona se afilia a una EPS, pero ya viene con una enfermedad, la EPS tiene la obligación de tratársela?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Si una persona se afilia a una EPS, pero ya viene con una enfermedad, la EPS tiene la obligación de tratársela?
Natalia Jaimes Lúquez, abogada, especialista en derecho laboral e investigadora adjunta del equipo de Actualícese, indica que según lo que dispone el Decreto 2353 de 2015, en su artículo 6, queda prohibido para las EPS negar el derecho a prestar el servicio de salud a personas propensas a tener problemas de salud.
Es de anotar que si la EPS, insiste en negar el derecho a la salud, puede verse afectada inclusive por una demanda, porque tal actuación también puede llegar a vulnerar derechos, como el derecho a la vida, a la igualdad, entre otros.