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Y después de 20 años, ¿que ‘pitos’ toca la Ley 100 de 1993?

La pensión es un derecho de los ciudadanos, independientemente de si han acumulado o no durante su periodo activo. El Estado está en deuda con mejorar la cobertura y ampliar la cultura pensional.

Y después de 20 años, ¿que ‘pitos’ toca la Ley 100 de 1993?
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La pensión es un derecho de los ciudadanos, independientemente de si han acumulado o no durante su periodo activo. El Estado está en deuda con mejorar la cobertura y ampliar la cultura pensional.

20 años es el tienmpo que cumplió la ley que organizó el sistema de pensiones en nuestro país. Todavía se ven algunos problemas con la organización operativa del sistema y la cultura del ahorro en materia pensional aún es deficiente.

¿Qué falta por resolver?

Uno de los grandes problemas que prevalecen a pesar de los 20 años de la Ley 100 de 1993 es la evasión y elusión de aportes al sistema. «Para solucionar este problema lo que tiene que hacer el operadordel régimen es tener mejores controles para que las personas se vean obligadas a cotizar, lo cual se ha logrado con la implementación del pago electrónico de aportes (PILA) y adicionalmente con la creación de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales UGPP», dice Enrique Chaverra, Vicepresidente Administrativo de TG Consultores, Expertos en Soluciones Integrales de Pensiones en Finanzas Personales.

Aunque mejorar la cobertura y ampliar la cultura pensional era uno de los objetivos de la ley, aún es una minoría la que cotiza. Un ejemplo de lo anterior es la falta de cultura pensional. Las personas aseguran que jamás se van a pensionar, pero la realidad indica que no han mirado las posibilidades reales que tienen de alcanzar este beneficio.

«Además está el tema del mejoramiento de la situación laboral del país a través de una política de generación y formalización del empleo, el desarrollo de normas que incentiven este aspecto permitirá que una mayor parte de la población acceda y pague seguridad social», explica TG Consultores.

Otro de los problemas que no ha resuelto la ley es el de las pensiones no financiadas, las que superan por mucho el monto que en realidad se ha ahorrado, lo cual requiere de reformas profundas al sistema y que se acaben definitivamente la transición de esos regímenes especiales.

Se ha ganado mucho en transparencia respecto a la administración de los recursos del ahorro pensional, pues las administradoras de Fondos de Pensiones se rigen por un estricto código de inversión que unido a la necesidad de rentabilidades mínimas, obligan a que las inversiones de estos recursos se hagan en sectores y actividades realmente rentables. “Ahora, la inversión de los dineros se hace en temas como infraestructura, en empresas colombianas y eso trae desarrollo», dice Chaverra.

La exministra Cecilia López Montaño realiza una reflexión sobre el tema en Portafolio. «Es hora de que Colombia se ubique en el debate internacional sobre el tema de manera más contundente. Las reformas del siglo XXI buscan prioridades distintas a las que se plantearon en el siglo XX, léase Ley 100 de 1993 en Colombia».

Para ella ya no se trata de fortalecer los mercados de capital, ni aumentar el ahorro, como sucede con los billonarios recursos que tienen los fondos de pensiones. Se trata de trabajar por lo que se anunció, pero no se alcanzó con la Ley 100: la inclusión, la verdadera ampliación de cobertura y, más allá de los informales, los adultos mayores.

Hoy, el mundo se enfrenta a nuevos retos, como el acelerado envejecimiento de la población, cuando no se han resuelto de manera clara problemas del ayer como la escasa proporción de la población que puede esperar una pensión digna.

Colombia está en mora de entrar al debate de fondo, que va desde plantear no solo la ayuda puntual y focalizada a la población mayor, sino que la pensión es un derecho de los ciudadanos, independientemente de si han acumulado o no durante su periodo activo, como lo señala la Cepal; o si se debe proveer un Piso de Protección Social como lo señala la OIT, o si, como afirma el BID, se deben tener modelos de cobertura universal con financiamiento tributario y esquemas contributivos subsidiados.