Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Así quedó la reforma tributaria 2019; solo falta la sanción presidencial


Así quedó la reforma tributaria 2019; solo falta la sanción presidencial
Actualizado: 23 diciembre, 2019 (hace 4 años)

La propuesta de reforma tributaria 2019 ya está lista para ser sancionada por el presidente de la República.

Al analizarse el nuevo documento, se tiene que el texto definitivo llegará a manos del Poder Ejecutivo para ser sancionado con alrededor de 20 modificaciones frente a la segunda ponencia.

“La nueva y última versión de lo que sería la reforma tributaria 2019 contiene 160 artículos, ocho más que el articulado presentado para segunda ponencia”

El texto definitivo de la propuesta de reforma tributaria, publicado en la gaceta del Congreso de la República el 19 de diciembre de 2019, contiene algunas modificaciones frente a la ponencia de segundo debate.

La nueva y última versión de lo que sería la reforma tributaria 2019 contiene 160 artículos, ocho más que el articulado presentado para segunda ponencia.

Dentro de las modificaciones que se observan en el articulado de la nueva versión se pueden resaltar las efectuadas a la compensación del IVA a favor de la población más vulnerable, la exención del IVA para bienes corporales muebles, la retención en la fuente sobre pagos laborales, entre otras.

Modificaciones que contiene el texto definitivo de la reforma tributaria 2019

Entre las modificaciones y nuevas propuestas contempladas en el texto definitivo de la reforma tributaria 2019 se encuentran:

  1. El Departamento de Amazonas ya no contará con la exclusión del IVA de los bienes de que trata el numeral 13 del artículo 424 del ET (el consumo humano y animal, vestuario, elementos de aseo y medicamentos para uso humano o veterinario, y materiales de construcción); estos pasan a ser exentos y deben cumplir con algunas condiciones.
  2. Aumenta a 4.000 UVT el límite para que los prestadores de servicios que contratan con el Estado se clasifiquen como responsables del IVA.
  3. El servicio de transporte aéreo con destino a el municipio de Miraflores en el departamento del Guaviare, y Puerto Carreño en el departamento del Vichada estará excluido del IVA. A su vez, también contarían con este beneficio los servicios de corretaje de contratos de reaseguros.
  4. Establecen que la compensación del IVA a favor de la población más vulnerable iniciará durante la vigencia fiscal 2020, y no en 2021 como se tenía proyectada.
  5. Establecen que la exención del impuesto sobre las ventas –IVA– para determinados bienes corporales muebles que sean enajenados dentro del territorio nacional entrará a regir a partir del 1 de julio de 2020 hasta el 30 de julio de 2021. El Gobierno será el encargado de evaluar los resultados y determinar la continuidad de esta medida.
  6. Amplían el rango en UVT respecto a la aplicación de la tarifa marginal en cuanto a la retención en la fuente sobre pagos laborales.
  7. Estipulan que el 75 % del recaudo por concepto del impuesto al patrimonio sea destinado a la financiación de inversiones en el sector agropecuario.
  8. Aumenta a 400 el número de nuevos empleos que deben generar las mega inversiones para acceder a los beneficios tributarios.
  9. Contemplan que durante la vigencia 2020 se elegirán los proyectos de obras por impuestos de que trata el artículo 238 de la Ley 1819 de 2016, registrados hasta el 10 de marzo de 2020 en el Banco de Proyectos de Inversión.
  10. Estipulan que las rentas de los parques temáticos que se remodelen o amplíen dentro de los cuatro (4) años siguientes a la entrada en vigor de la presente ley sean gravadas a la tarifa del 9 %.
  11. Los traslados y retiros totales o parciales del auxilio de cesantías y los intereses sobre cesantías estarán exentos del gravamen a los movimientos financieros.
  12. Establecen tarifas escalonadas según el nivel de ingresos para la cotización al régimen contributivo en salud para los pensionados en el 2020 y 2021. Cabe resaltar que también habrá reducción para quienes reciban una mesada pensional entre 1 y 2 smmlv.
  13. Finalmente, se crean siete (7) artículos nuevos. Por ende, el articulado pasa de tener 152 a 159 artículos.

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