Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reglamentación de la reforma tributaria de determinación del impuesto de renta de personas naturales


Actualizado: 2 junio, 2017 (hace 7 años)

El Ministerio de Hacienda publicó, para comentarios, el proyecto de decreto “por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, para reglamentar la parte I de la Ley 1819 de 2016″.

Con el objetivo de reglamentar la parte I de la Ley 1819 de 2016, el Gobierno publicó un proyecto de decreto para regular lo pertinente al régimen de las personas naturales. Por ejemplo, para las personas naturales y sucesiones ilíquidas la renta gravable por comparación patrimonial no justificada se asignará teniendo en cuenta una serie de consideraciones.

Así mismo, agregaría que no constituyen renta ni ganancia ocasional los apoyos económicos no reembolsables o condonados, entregados por el Estado o financiados con recursos públicos para financiar programas educativos entregados a la persona natural.

Por los cambios que introdujo la ley en la determinación del impuesto sobre la renta, y los excesos de renta presuntiva de los años gravables 2016 y anteriores sin compensar, para las personas naturales, se plantea un procedimiento a aplicar en los años gravables 2017 y siguientes. También reglamentaría el alcance de las rentas exentas y deducciones considerando el sistema cedular determinado en el artículo 330 del Estatuto Tributario.

Hasta el próximo 16 de junio se pueden hacer comentarios.

Fuente: Ministerio de Hacienda.

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