La Dian ha publicado un proyecto de resolución con el cual se regularía el reporte de información de las cuentas financieras.
La Ley 1819 del 2016 introdujo el artículo 631-4 del ET, con el cual se establecieron las obligaciones relacionadas con el intercambio automático de información.
El inciso primero de dicho artículo dispone que “el Director General de la Dian definirá, mediante resolución, las entidades que deberán suministrar información para efectos de cumplir con los compromisos internacionales en esa materia”.
La entidad propone que las Resoluciones 60 y 119 del 2015, las cuales establecen el contenido y características técnicas para la presentación de la información que será intercambiada, de conformidad con los acuerdos internacionales adquiridos, hagan las veces de la resolución a que hace referencia el artículo 631-4.
Por lo anterior, la autoridad tributaria publicó el proyecto normativo para comentarios hasta el 16 de febrero, los cuales serán recibidos en el correo amendezf@dian.gov.co.
Fuente: Dian.