Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Así se hable de NIIF, contabilidad sigue estando reglamentada por el Decreto 2649 de 1993


Así se hable de NIIF, contabilidad sigue estando reglamentada por el Decreto 2649 de 1993
Actualizado: 14 febrero, 2014 (hace 10 años)

Lo que quiere decir que no se pueden realizar simplificaciones o manejar únicamente las NIIF. Se requiere una información paralela que inicialmente será de origen legal con el Decreto 2649 y posteriormente será de carácter referencial y de soporte para la Declaración de Renta.

Respondamos la siguiente inquietud. Si voy a comenzar en una empresa nueva, ¿puedo iniciar de una vez con las NIIF (IFRS)?

Es claro que en el año de transición hay que manejar un paralelo, sin embargo algunos todavía se preguntan si habrá algo que evite hacerlo. La respuesta es no. Aunque una empresa inicie en este año 2014 y quiera evitarse el paralelo, no lo podrá hacer.

Primero, porque los requerimientos de carácter fiscal establecen que es necesario mantener la metodología actual de Colombia, al menos cuatro años después de haber aplicado las NIIF; tiempo en el cual el Estado y la Administración de Impuestos analizarán los efectos e impactos tributarios y posteriormente tomará decisiones. El art. 165 de la Ley 1607 ordenó continuar con la información, las bases y toda la referencia metodológica del sistema actual.

Otro punto que permite concluir que no es posible evitar el paralelo, es que la contabilidad legal en Colombia sigue siendo reglamentada por el Decreto 2649 de 1993, para los Grupos 1 y 3, vigente hasta diciembre 31 de 2014, y para el Grupo 2 hasta el 31 de diciembre de 2015.

Por lo tanto, basándose en este par de motivos, no se pueden realizar simplificaciones o manejar únicamente las NIIF. Se requiere una información paralela que inicialmente será de origen legal con el Decreto 2649 y posteriormente será de carácter referencial y de soporte para la Declaración de Renta.

En este orden de ideas no es posible suprimir lo que conocemos como “los dos libros”. Al menos aquí en Colombia la tarea fue bastante ardua y por eso la gran mayoría de casas de software han adaptado sus programas para brindar facilidades.

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