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Así se liquidará el valor del impuesto a la riqueza 2018 con el nuevo formulario 440


Así se liquidará el valor del impuesto a la riqueza 2018 con el nuevo formulario 440
Actualizado: 30 enero, 2018 (hace 6 años)

Las personas naturales y/o sucesiones ilíquidas que deban presentar la declaración del impuesto a la riqueza de 2018 tendrán que cumplir seis pasos para presentarla. Las personas jurídicas ya no deben declarar por este año, pero sí actualizar su RUT para eliminar tal responsabilidad.

Con la Resolución 000002 de enero 15 de 2018, la Dian prescribió, a través del artículo 12, el nuevo formulario 440 para la “Declaración del impuesto a la riqueza del año gravable 2018”.

Según los artículos 1 a 10 de la Ley 1739 de 2014solamente las personas naturales y/o sucesiones ilíquidas que en enero 1 de 2015 poseían patrimonios líquidos declarables al gobierno colombiano por valores iguales o superiores a los $1.000.000.000, siempre y cuando no hayan desaparecido como contribuyentes antes de enero 1 de 2018 están obligados a presentar la cuarta y última declaración anual del impuesto a la riqueza durante el 2018.

Hay que tener presente que las personas jurídicas que también se habían hecho responsables del impuesto a la riqueza solo tuvieron la obligación de liquidarlo y pagarlo entre los años 2015, 2016 y 2017. Por consiguiente, ya no deben presentar la declaración de 2018, pero sí actualizar su RUT eliminando la responsabilidad 40 Impuesto a la riqueza.

“ya no se incluyen renglones para efectuar las normalizaciones voluntarias de patrimonios ocultos”

En el diseño del nuevo formulario 440 ya no se incluyen renglones para efectuar las normalizaciones voluntarias de patrimonios ocultos contempladas en los artículos 35 a 40 de la Ley 1739 de 2014. Estas normalizaciones solo se pueden realizar en los formularios 440 de los años 2017, 2016 o 2015, los cuales incluso se pueden seguir presentado de forma extemporánea hasta antes de que la Dian inicie un proceso por haber detectado dichos patrimonios ocultos.

Liquidación del valor por impuesto a la riqueza de 2018 no varía frente a 2017 y 2016

Las personas naturales y/o sucesiones ilíquidas que deban presentar la declaración del impuesto a la riqueza de 2018 deberán cumplir con los siguientes 6 pasos para presentar esta declaración:

1. Definir cuál es su patrimonio líquido fiscal declarable al gobierno colombiano a enero 1 de 2018, lo que variará dependiendo de su condición de residente o no residente al cierre de 2017. El patrimonio líquido a enero 1 de 2018 será básicamente el mismo que incluirían en sus declaraciones de renta de 2017. Además, para definir el valor patrimonial de sus activos y pasivos a enero 1 de 2018 deberán tener en cuenta todos los cambios que la Ley 1819 de 2016 introdujo para los contribuyentes obligados y no obligados a llevar contabilidad en asuntos relacionados con la definición del valor fiscal de los activos y pasivos.

2. A dicho patrimonio líquido le podrán restar todos los valores mencionados en el artículo 4 de la Ley 1739 de 2014.

3. Con los cálculos anteriores se obtendría la base inicialmente gravable de 2018. Sin embargo, para obtener la base gravable definitiva primero hay que comparar esa base inicial con la base gravable definitiva de 2015 y efectuar seguidamente los cálculos de los límites del parágrafo 4 del artículo 295-2 del ET, creado con el artículo 4 de la Ley 1739 de 2014. Debido a la variedad de cálculos automáticos realizados directamente por la plataforma Muisca, la Dian dispuso que la declaración del impuesto a la riqueza solo se podrá presentar virtualmente contando con el mecanismo de firma electrónica.

4. Una vez obtenida la base gravable definitiva de 2018, las tarifas que se aplicarán serán las mismas que se han utilizado en las declaraciones de los años 2015, 2016 y 2017, las cuales están contempladas en la tabla del artículo 5 de la Ley 1739 de 2014.

5. Ya definido el valor del impuesto a la riqueza se debe tener presente que la respectiva declaración deberá presentarse junto con su pago total para que sea válidamente presentada. Además, el valor pagado seguirá siendo considerado como no deducible al final del año 2018 en la declaración de renta.

6. Cuando se presente la última declaración del impuesto a la riqueza el contribuyente podrá actualizar su RUT para eliminar la responsabilidad 40 Impuesto a la riqueza.

Si quiere ampliar esta información, lea nuestro análisis Formulario 440 para declarar impuesto a la riqueza de 2018 fue prescrito por la Dian.

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