Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Asofondos se pronunció sobre inexequibilidad de disminución de cotización a pensión


Actualizado: 28 julio, 2020 (hace 4 años)

Entidad asume con respeto el fallo de la Corte Constitucional y reafirma solidez de los fondos privados para continuar cumpliéndole a sus pensionados.

Asofondos anunció, a través de un comunicado de prensa, que respalda el fallo de la Corte Constitucional, mediante el cual declaró la inexequibilidad del Decreto 558 de 2020, el cual permitía la disminución de las cotizaciones a pensión de los trabajadores colombianos.

Sin embargo, señaló que está a la espera de conocer detalladamente la decisión y así analizar profundamente su alcance.

“Reiteramos, tras este fallo, que las administradoras de los fondos de pensiones constituyen un sector sólido, cuya experiencia y capacidad para cumplirles a sus afiliados, entre ellos, sus pensionados, está más allá de toda duda. Las AFP han cumplido, cumplen y seguirán honrando sus obligaciones como el mejor aliado de los trabajadores en la construcción de su ahorro previsional”, indica Santiago Montenegro, presidente de Asofondos.

Está claro que los 20 mil pensionados en las AFP, que originalmente iban a ser obligados a trasladar su ahorro a Colpensiones seguirán donde están, en sus administradoras de fondos de pensiones, recibiendo sus mesadas de forma vitalicia.

“Sin embargo, el gobierno mismo con la expedición del Decreto modificatorio 802, ya recogía algo de lo fallado recientemente por la Corte Constitucional. En tal sentido, consideramos que se respeta el derecho individual del afiliado y, de paso, se ratifica la importancia del ahorro individual para la tranquilidad del trabajador en su etapa de retiro”, aseguró Montenegro.

Respecto a los aportes suspendidos en mayo y junio, Asofondos espera conocer pronto el detalle de fallo constitucional y las decisiones del Gobierno para acatarlo e implementar los aspectos operativos del mismo.

“Creemos que una buena medida puede ser que las empresas y los trabajadores tengan un periodo de entre 12 y 18 meses para pagar dichos aportes sin ningún interés de mora”, dijo Montenegro.

Fuente: Asofondos.

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