Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Aspectos a tener en cuenta sobre la jornada de trabajo en la liquidación de la nómina


Aspectos a tener en cuenta sobre la jornada de trabajo en la liquidación de la nómina
Actualizado: 11 diciembre, 2018 (hace 5 años)

La jornada de trabajo se refiere al número de horas diarias en que el trabajador debe prestar el servicio contratado a favor del empleador. Esta puede ser acordada entre las partes, y en caso tal de que no se pronuncien al respecto, se entenderá como la máxima establecida en la ley.

En el ordenamiento nacional, la jornada laboral máxima semanal se estipula en 48 horas, de las cuales diariamente el trabajador puede laborar 8 horas y máximo 10 en un mismo día. Con relación a ello, aunque las partes (empleado y empleador) puedan acordar la jornada laboral, deben tener en cuenta los límites establecidos por la ley.

Sin embargo, en algunos casos, dadas las situaciones especiales en las empresas, es posible que un trabajador deba laborar más allá de la jornada máxima legal.

Por tanto, de llegar a presentarse este tipo de hechos, el número de horas que exceden el máximo serán consideradas horas extra o suplementarias, y deben ser liquidadas como factor salarial para el pago de aportes a seguridad social y prestaciones sociales.

En Actualícese hemos preparado la sesión de actualización titulada: Liquidación de nómina, prestaciones sociales y algunas novedades laborales para el cierre de 2018, a través de la cual podrás entender de forma práctica las bases normativas en materia de las obligaciones laborales que las empresas deben estar atendiendo a la fecha y, por supuesto, algunas situaciones o novedades que pueden ser comunes en esta época de fin de año.

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