Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Aspectos fiscales a evaluar por las entidades que se dedican a la minería


Actualizado: 19 junio, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta 

Después de la entrada en vigor de la Ley 1819 de 2016, ¿qué aspectos fiscales deben ser contemplados por las entidades que se dedican a la minería?

Resueltas el 14 de junio de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, señala que después de realizada la lectura de la Ley 1819 de 2016, se puede observar que las empresas que desarrollan actividades de minería no pueden acogerse a los beneficios tributarios dirigidos a las Zomac, los cuales hacen referencia a la tributación sobre el impuesto de renta de forma reducida y progresiva entre el período 2017 y 2027, pero si pueden acogerse al beneficio tributario de obras por impuestos que señala el artículo 238 de la citada ley.

Igualmente, es pertinente mencionar que mediante la expedición del Decreto 1650 de octubre 2017, se reglamentaron los diversos aspectos relacionados con los beneficios de las Zomac, estipulados en la ley de reforma de 2016.

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