Existen encargos de auditoría en los que se solicita la revisión específica de los estados financieros a fin de obtener una seguridad moderada de los datos contenidos en los mismos; en estos encargos es fundamental determinar el alcance de la auditoría y el objetivo que debe cumplir el auditor.
En un proceso de auditoría en el cual el encargo está dirigido a la revisión de estados financieros, en consideración de que el auditor o la firma no ejerció la actividad de revisión durante el período de preparación de la misma, sino que el trabajo se limita a la revisión de los estados financieros, existen unos puntos fundamentales que el auditor debe establecer para sellar el encargo de auditoría, los cuales respondan a los principios que rigen la labor del profesional y a los requerimientos del cliente.
En concordancia con lo determinado en la Norma Internacional de Trabajos de Revisión –NITR 2400–, los profesionales contables que ejercen como auditores que accedan a una revisión de estados financieros deben definir si existe alguna evidencia que pueda representar que la información no está preparada en correspondencia con el marco legal al que se encuentra sujeta. Lo anterior, siempre que los aspectos señalados sean determinados como significantes, es decir que dicho informe tiene el objetivo de proporcionar seguridad negativa sobre los informes revisados.
Una revisión proporciona un nivel moderado de seguridad sobre si la información sometida a revisión está libre de errores materiales, lo cual se expresa en la forma de seguridad negativa.
Con seguridad negativa se hace referencia a que el auditor debe indicar en sus informes que no existe ningún registro o dato contenido en estos, que pueda representar un riesgo material o significativo de que la información preparada y revelada no corresponde a la realidad de la organización o no cumple con el marco normativo bajo el que se debe preparar.
En este sentido, en dicho informe no se debe indicar que los estados financieros se han realizado en razonabilidad del marco técnico normativo y que corresponde a cifras confiables y verificables, sino que debe indicar que mediante la aplicación de los procedimientos analíticos se puede determinar que no existe evidencia que represente sospecha sobre los datos que no fueron incluidos en los procedimientos de auditoría.
En consideración de la restricción del tiempo y la posibilidad integral del acceso a los procedimientos, controles y conocimiento de la organización, la operación y el sector en el que opera, el auditor debe agudizar el juicio profesional para determinar los procedimientos que se van a aplicar a fin de dar cumplimiento al alcance pactado en el encargo de auditoría, utilizando como herramienta clave el criterio profesional.
Es de resaltar la importancia de pactar explícitamente las condiciones del encargo de auditoría en el contrato o carta que respalde el mismo, a fin de limitar la responsabilidad del auditor y los requerimientos del cliente. Las siguientes son condiciones esenciales que se deben considerar:
Para un ejercicio de revisión de estados financieros por parte de un auditor, a quien se le encarga otorgar una seguridad moderada sobre los datos contenidos en los informes financieros, se requiere de la ejecución de procedimientos analíticos, entre los que se pueden incluir:
Procedimientos analíticos diseñados para identificar relaciones y partidas concretas que parezcan inusuales; tales procedimientos podrían incluir: