Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Aumento autorizado para avalúos catastrales será del 3% en el 2016


Actualizado: 4 enero, 2016 (hace 8 años)

El máximo aumento para predios urbanos y rurales dedicados a actividades no agropecuarias formados y no formados con vigencia al 1 de enero del 2015 y anteriores será del 3%.

Desde el año 1995, a través de la Ley 242 del mismo año, se determinó que anualmente se realizará el ajuste de los avalúos catastrales y que aquel porcentaje será determinado por el Gobierno Nacional.

Para establecer la tarifa que se debe aplicar como ajuste al avalúo catastral, el Gobierno tendrá en cuenta la meta de inflación para el año y ese será el límite superior de dicho reajuste. En este sentido, la Junta Directiva del Banco de la República definió la meta de inflación para el 2016 en un 3%.

El Decreto 2558 del 30 de diciembre del 2015  modifica el Decreto 1082 del 2015, con el propósito de determinar los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales para la vigencia del 2016; por tanto, el aumento máximo establecido para predios urbanos formados y no formados con vigencia al 1 de enero del 2015 y anteriores es del 3%, al igual que para predios rurales formados y no formados dedicados a actividades no agropecuarias con vigencia al 1 de enero del 2015 y anteriores.

En cuanto a los predios rurales formados y no formados con vigencia al 1 de enero del 2015 y anteriores, dedicados a actividades agropecuarias, no tendrán reajuste en el 2015; igualmente para avalúos catastrales de bienes urbanos y rurales formados o actualizados en el mismo año.

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