Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Aumento del impuesto de ganancia ocasional es base para optar por el beneficio de auditoría 2021?


Actualizado: 26 abril, 2022 (hace 2 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿El incremento en el impuesto de ganancia ocasional se tiene en cuenta para obtener el beneficio de auditoría en la declaración de renta del año gravable 2021?

Pregunta resuelta 7 de abril de 2022

En esta oportunidad, el conferencista Diego Guevara Madrid, especialista en temas tributarios, señala que el beneficio de auditoría solo se concede cuando el impuesto neto de renta incrementa de un año a otro, según el artículo 689-2 del Estatuto Tributario.

Artículo 689-2. Beneficio de la auditoría

Para los períodos gravables 2020 y 2021, la liquidación privada de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que incrementen su impuesto neto de renta en por lo menos un porcentaje mínimo del treinta por ciento (30 %), en relación con el impuesto neto de renta del año inmediatamente anterior, quedará en firme si dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de su presentación no se hubiere notificado emplazamiento para corregir o requerimiento especial o emplazamiento especial o liquidación provisional, siempre que la declaración sea debidamente presentada en forma oportuna y el pago se realice en los plazos que para tal efecto fije el Gobierno nacional.

Sin embargo, en el caso de las personas naturales residentes que declaran en el formulario 210, sugiere que en el renglón 127 de dicho formulario se debe tener en cuenta el incremento de un año a otro de por lo menos el 20 % del impuesto neto de renta para poder aplicar al beneficio de auditoría.

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