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Autorretención del CREE, ¿qué hacer si se paga el valor correcto pero en el formulario aparece otra cifra?


Autorretención del CREE, ¿qué hacer si se paga el valor correcto pero en el formulario aparece otra cifra?
Actualizado: 5 mayo, 2014 (hace 10 años)

Se debe volver a presentar otra declaración de corrección y se le debe explicar a la DIAN los pagos, ya que a la entidad se le forma un pago en exceso. El inconveniente es que se genera sanción.

Veamos el siguiente caso. En enero presenté la autorretención del CREE de diciembre de 2013 oportunamente por $31.461.000. Luego, en abril presenté una corrección que debía haber sido por $68.256.000, es decir que la diferencia en el impuesto a pagar eran $36.795.000, valor que efectivamente se canceló en la corrección más la sanción e intereses por mora. Pero por error en el diligenciamiento del formulario no nos quedó por $68.256.000 sino por $65.956.000. ¿Cómo puedo corregir esta declaración si pagué el valor correcto?

El hecho de que se haya pagado el valor correcto, pero la declaración de corrección indique otro valor, implica que se esta pagando más de lo que dice la declaración de corrección. En este caso se debe volver a presentar otra declaración de corrección, es decir la tercera declaración de corrección que corregiría a la segunda.

En este caso, está indicando que el verdadero valor a cargo eran 68 millones, pero en la primera corrección declaró 65 millones, de modo que debe volver a presentar otra declaración y explicarle a la DIAN los pagos, ya que a la entidad se le forma un pago en exceso, entonces al presentar la segunda corrección en la DIAN se explicará que el pago que hicieron en la primera corrección fue en exceso, pero que hay que imputarle todo ese valor a la segunda corrección.

El inconveniente de la segunda corrección es que vuelve a generar sanción porque es una segunda corrección donde se aumenta el valor a pagar en relación con la primera corrección. Este es el problema de las correcciones, le genera otra vez sanción de corrección, porque toda declaración posterior reemplaza a la anterior, dice el artículo 588 del E.T.

A propósito de correcciones, hay que tener presente que en estos nuevos formularios que se están usando durante el año 2014, el de las declaraciones de renta, de IVA o de retefuente, en la casilla que traen al comienzo, por ejemplo en el formulario 110 es la casilla 26, en donde dice el tipo de corrección que se está haciendo a la declaración como tal, le agregaron la opción 4, para proyectos de corrección, artículo 589, la cual no existía antes, se incluyo porque las correcciones en las que se pretende disminuir el valor a pagar o aumentar el saldo a favor en relación con la anterior, son declaraciones en las que el contribuyente ganaría. Dichas correcciones que no se podían presentar virtualmente sino solo en papel, aun para el declarante virtual, son los denominados proyectos de corrección del articulo 589, por tanto en este año 2014 ya les dejan presentar el formulario virtual y marcar opción 4.

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Las están dejando presentar virtualmente debido a que en este año 2014, también empezó la gratuidad de los formularios en papel, pero a su vez comenzó a existir acaparadores que se los llevaron, gente corrupta que fotocopia a color los formularios y entonces aparecen varias copias del mismo formulario, por lo cual se corre el riesgo de que la DIAN se de cuenta puesto que tienen el mismo número, en cuyo caso se anula dicho formulario, por constituirse en no valido.

Por lo anterior, se recomienda que todos los declarantes que no declaran en papel entren al portal de la DIAN a hacerlo, ya que de lo contrario deberán hacer la fila correspondiente en la DIAN para que le entreguen un solo ejemplar del formulario que necesite, y todos los declarantes virtuales cuando necesitan una corrección, donde se disminuye el valor a pagar o aumenta el saldo a favor, lo pueden hacer virtualmente para que no se vean en la necesidad de ir a la DIAN a hacer la fila por un formulario en papel, ni tampoco se expongan a que les vendan uno falsificado en la calle.

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