Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Autorretención en renta o pago de SENA, ICBF y salud para empresa con un solo empleado


Actualizado: 24 febrero, 2017 (hace 7 años)

¿Una empresa con un solo empleado que devenga menos de 10 smmlv, puede escoger entre practicarse autorretención en renta o pagar SENA, ICBF y salud?

Resuelta en febrero 16 de 2017

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, deja muy en claro que, de acuerdo con las nuevas disposiciones que introdujo la Ley 1819 de 2016, los contribuyentes no tienen, en realidad, la opción de escoger entre la realización del proceso de autorretención especial a título de renta, o la exoneración de parafiscales, sino que deben evaluar sus respectivas condiciones para comprender qué obligaciones tributarias les aplica.

En ese sentido, y retomando lo que se estableció el artículo 114-1 del Estatuto Tributario, disposición que fue adicionada mediante el artículo 65 de la Ley 1819 de 2016, se precisa que ciertos contribuyentes, como lo es el caso de las sociedades, algunas personas naturales que tienen contratadas a dos o más personas, y patrimonios autónomos, pueden gozar del beneficio tributario de quedar exonerados de los aportes parafiscales por los trabajadores que devenguen menos de 10 salarios mínimos.

Es válido precisar que, por el simple hecho de acogerse al beneficio que dispone el artículo 114-1 del ET, no se queda automáticamente exonerado de aplicar la nueva autorretención especial a título de renta, debido a que toda entidad sociedad comercial tiene la obligación de efectuar tal proceder, de conformidad con lo que establece el Decreto 2201 de diciembre 30 de 2016

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,