Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Base para la liquidación de la prima de servicios


Actualizado: 20 mayo, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

¿Qué pagos realizados al trabajador pueden ser tomados como base para efectuar el cálculo de la prima de servicios? ¿El valor se calcula sobre 360 o 365 días?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral aclara que la prima de servicios, la cual califica como el pago de una prestación social, debe ser reconocida siguiendo las condiciones fijadas en el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo –CST–.

Las partidas que se deben incluir como base para liquidar la prima de servicios son las señaladas en el artículo 127 del CST, es decir, las que en realidad se configuran como salario; cálculo que se hará tomando 360 días. Dicha prestación social no podrá ser tenida en ninguno de los casos como base para liquidar los aportes a seguridad social.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,