Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Beneficio de auditoría para las declaraciones del IVA


Actualizado: 23 abril, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:

El beneficio de auditoría, aplicable a las declaraciones del impuesto de renta, ¿también se extiende a las declaraciones del IVA?

Pregunta resuelta el 11 de abril de 2019.

 

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios señala que el beneficio de auditoria del que trata el artículo 689-2 del Estatuto Tributario fue establecido mediante el artículo 105 de la Ley de financiamiento 1943 de 2018 para los períodos gravables 2019 y 2020. A este beneficio podrán aplicar los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario que cumplan los requisitos fijados en el mismo artículo del ET. La firmeza de las declaraciones estipulada en ese nuevo artículo no es aplicable a las declaraciones del impuesto sobre las ventas y a las de retención en la fuente, por lo que estas seguirán tratándose de acuerdo con los planteamientos formulados en los artículos 705 y 714 del Estatuto Tributario.

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