Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Beneficios tributarios para quienes se hayan formalizado a través del Registro Nacional de Turismo


Beneficios tributarios para quienes se hayan formalizado a través del Registro Nacional de Turismo
Actualizado: 4 abril, 2017 (hace 7 años)

Exenciones en renta por 20 y 30 años para servicios ecoturísticos y hoteleros respectivamente, que rigen desde enero de 2003 son algunos de los beneficios que pueden recibir los empresarios que opten por formalizarse a través del Registro Nacional de Turismo.

A partir del primero de abril de este año, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo comenzó a realizar inspecciones a los prestadores de servicios turísticos que se encuentren en la informalidad. Cabe recordar que el 31 de marzo venció el plazo para que todos los prestadores actualizaran su Registro Nacional de Turismo –RNT–, de no haberlo hecho incurrieron en la ilegalidad, y se hicieron acreedores a las sanciones que ordena la ley.

“los empresarios debidamente inscritos en el RNT podrán ser beneficiarios de los incentivos tributarios y fiscales”

Por otra parte, los empresarios debidamente inscritos en el RNT podrán ser beneficiarios de los incentivos tributarios y fiscales consagrados a su favor en disposiciones de orden nacional, departamental, distrital o municipal, que tengan el objetivo de estimular, apoyar o promover la actividad referida.

Incentivos a los que pueden acceder las empresas del sector turístico

  • Acceso a recursos del Fondo Nacional de Turismo –Fontur–.
  • Exención de la renta por 20 años, que rige desde enero de 2003 para servicios ecoturísticos.
  • Exención de la renta por 30 años para los servicios hoteleros, que igualmente rige desde enero de 2003.
  • Exención del impuesto de renta por 20 años para las empresas que construyan establecimientos hoteleros en los municipios con menos de 200.000 habitantes.
  • Menor cuantía en el pago del impuesto de Industria, comercio, avisos y tableros –ICA–.
  • Beneficios de los créditos de Findeter.
  • Derecho a las líneas de crédito de Bancóldex.
  • Participación en programas de ProColombia y PTP.
  • Convocatorias de INNpulsa.

El Gobierno adelanta una campaña que busca sensibilizar y concientizar a turistas y empresarios de hacer las cosas ‘A lo bien’ (nombre de la campaña), que destaca la importancia de la seguridad de tomar servicios turísticos debidamente inscritos en el RNT. La iniciativa incluye piezas audiovisuales para televisión y circuitos digitales, dirigida a las agencias de viajes, hoteles, restaurantes, transporte y guías turísticos.

Por otra parte, las sanciones administrativas legalmente establecidas que se han impuesto a quienes no se encuentran inscritos en el RNT, van de 5 a 50 smmlv, teniendo en cuenta el tiempo de operación sin inscripción en el RNT, entre 1 mes y más de 18 meses.

Los operadores turísticos deben recordar que prestar los servicios sin el debido registro podría conllevar a la clausura del establecimiento. Entre 2012 y 2016 se logró pasar de 19.282 a 24.369 prestadores inscritos, lo que significó un crecimiento del 26,38%.

Las alcaldías son las encargadas de proceder con las sanciones de los establecimientos de turismo que se encuentren prestando servicios desprovistos o sin tener actualizado el debido Registro Nacional de Turismo.

En este sentido, en 2016 el ministerio remitió 387 oficios a alcaldes distritales y/o municipales para solicitar el cierre temporal de 3.238 prestadores de servicios turísticos que no habían cumplido con el proceso de actualización del RNT al 31 de marzo de dicho año.

* Con información del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

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