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La nueva reforma tributaria modificó las instrucciones de los artículos 206, 336, 383 y 387 del ET, los cuales provocarán que tanto los asalariados como trabajadores independientes del régimen ordinario puedan terminar enfrentando una mayor retención en la fuente cuando perciban altos ingresos mensuales.

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Boletín

Martes 6 de diciembre de 2022

¡NUEVAS REGLAS PARA EL PAGO DE DECLARACIONES DE RETENCIÓN EN LA FUENTE CON SALDO INFERIOR A 10 UVT!

El artículo 78 de la nueva ley de reforma tributaria modificó el artículo 580-1 del Estatuto Tributario –ET– para señalar que a partir de la entrada en vigor de la nueva ley de reforma tributaria las declaraciones mensuales de retenciones o autorretenciones en la fuente que se pueden presentar sin pago se darían por válidamente presentadas si:

• Son declaraciones presentadas con un saldo total a pagar inferior a 10 UVT.
• El pago total, incluidos los intereses de mora, se realiza a más tardar dentro del año siguiente a la fecha del vencimiento del plazo para declarar.

Conoce otros detalles al respecto en nuestro editorial Nuevas reglas para el pago de declaraciones de retención en la fuente con saldo inferior a 10 UVT.

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¿De qué forma afectará la reforma tributaria a las personas naturales? –Parte 2

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Reforma tributaria efectuó 4 ajustes a la retención en la fuente por concepto de pagos por rentas de trabajo

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La reforma tributaria modificó algunas normas del Estatuto Tributario relacionadas con las rentas exentas.

Conoce a continuación cuáles continúan vigentes.


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