Las modificaciones introducidas a los artículos 240 y 240-1 del ET implicarán la utilización de nuevas tarifas, la desaparición de otras, la liquidación de nuevas sobretasas y la realización del nuevo cálculo de “tasa mínima de tributación” para las personas jurídicas. Conoce aquí todos los detalles.
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Estamos buscando, por favor espere
|