Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cajas de compensación familiar podrán realizar capacitaciones con recursos propios


Actualizado: 25 junio, 2021 (hace 3 años)

Los lineamientos de los programas de capacitación deben cumplir con tres aspectos clave: pertinencia, oportunidad y cobertura.

El Gobierno nacional expidió el Decreto 689 del 24 de junio 2021, con el que se desarrolla la facultad contenida en la Ley de Emprendimiento para que las cajas de compensación puedan ofrecer programas de capacitación dirigidos a sus afiliados, con cargo a recursos propios.

De acuerdo con el decreto, los lineamientos de los programas deben contener tres aspectos clave: pertinencia, oportunidad y cobertura.

En el primero de ellos, los resultados de la formación deben ser compatibles con las exigencias sociales, económicas, políticas y culturales. El segundo, relacionado con la oportunidad, se debe generar la posibilidad de acceso de un trabajador activo en una empresa para ingresar al programa de capacitación; y, por último, se deben disminuir las brechas de capital humano en competencias específicas y transversales.

Los recursos para las capacitaciones e impulsar el emprendimiento en Colombia, a través de las cajas de compensación familiar, se destinarán del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante, FOSFEC, que estén a cargo de las mismas.

Así mismo, las cajas de compensación familiar deben cumplir con diseñar programas de educación formal e informal para el trabajo, ofrecidos directamente o a través de alianzas a las empresas afiliadas, enfocados al fortalecimiento de las habilidades y competencias laborales de los trabajadores y sus beneficiarios.

Así, habilita los servicios de fomento y desarrollo empresarial que se ejecutarán a través de las cajas de compensación familiar.

La capacitación ofrecida por las cajas de compensación familiar tiene el objetivo de preparar, desarrollar y complementar las capacidades de los trabajadores activos en el desempeño de sus funciones laborales específicas.

Lo anterior, con el fin de mejorar la productividad del recurso humano de las empresas afiliadas al Sistema de Subsidio Familiar a través de una caja de compensación familiar, respondiendo a las características productivas de sus regiones.

Fuente: Presidencia de la República.

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