Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cálculo de Interés nominal para pago de Impuestos – Jose Meiber Padilla


Descripción

Como consecuencia de las disposiciones estipuladas en la ley 1066 del 2.006, donde se asocio la tasa de intereses moratoria para liquidar las obligaciones con la DIAN y demás entes oficiales, con la tasa de usura, se hace necesario hacer una claridad en el procedimiento de calculo para el calculo de la tasa con la cual se deben liquidar el interés de mora.

La razón de lo anterior se presenta porque todas las tasas que certifica la Superintendencia Financiera son expresadas como Efectivo Anual y existe la tendencia de tomar estas tasas y dividirlas por 12 resultando unas tasas que no son correctas en perjuicio del contribuyente.

Enviado por:

Jose Meiber Padilla
Contador Público
meyber@hotmail.com

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