Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cálculo de la primera cuota del impuesto a la renta de persona jurídica


Actualizado: 23 abril, 2021 (hace 3 años)

Responde conferencista: Diego Guevara Madrid

¿Cómo se debe realizar el cálculo de la primera cuota del impuesto a la renta de las personas jurídicas?

Pregunta resuelta 8 de abril de 2021

El Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, explica en detalle cómo se debe calcular y liquidar la primera cuota del impuesto a la renta de una persona jurídica por el año gravable 2020, de acuerdo con lo mencionado en los artículos 1.6.1.13.2.15 y 1.6.1.13.2.47 del DUT 1625 de 2016, luego de ser sustituidos con el Decreto 1680 de diciembre de 2020.

Es importante mencionar que el pago del impuesto a la renta de persona jurídica solo se puede dividir hasta en dos cuotas iguales.

No lo olvides, en nuestro Calendario tributario 2021 podrás encontrar fácil y rápido los plazos de las obligaciones tributarias para el año gravable en curso.

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