Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cálculo del impuesto diferido según la norma local en comparación con los nuevos marcos contables


Actualizado: 29 noviembre, 2017 (hace 6 años)

Respuesta de Juan David Maya a la pregunta

¿Qué diferencias pueden establecerse entre el cálculo que se realizaba del impuesto diferido según el Decreto 2649 de 1993 y el de los nuevos marcos contables?

Juan David Maya, contador público, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, indica que, aunque en Colombia –según la norma anterior– el impuesto diferido se calculaba por el método del diferido haciendo uso de las diferencias temporales del estado de resultados, muy pocas empresas presentaban diferencias en depreciaciones porque la mayoría de estas depreciaban desde el punto de vista fiscal; no obstante lo anterior, sí se generaban diferencias (por ejemplo, con el tema de alguna  provisión de cartera) porque se tenía una manera de cálculo distinta a la que permitía la norma fiscal.

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