Calendario interactivo para el pago de aportes a seguridad social
| Información importante | |
|---|---|
| Con esta calculadora puede conocer la fecha límite para el pago de los aportes a seguridad social (salud, pensión y ARL). | |
|
Pautas para el uso de la calculadora de la fecha límite para el pago de los aportes a seguridad social
- Seleccione el año y el mes del periodo que desea pagar.
- Define el tipo de aportante, si es persona natural seleccione la cédula de ciudadanía y si es persona jurídica seleccione el NIT. Sin puntos, espacios ni dígito de verificación.

Amplía tus conocimientos con nuestra herramienta interactiva Calendario 2026 para el pago de aportes a seguridad social de empleadores e independientes.
¿Qué son los aportes a seguridad social y por qué son obligatorios?
Los aportes a seguridad social corresponden a las cotizaciones periódicas obligatorias que deben realizar empleadores, trabajadores dependientes e independientes al Sistema de Seguridad Social Integral.
Este sistema está diseñado para cubrir riesgos y contingencias que pueden afectar la capacidad laboral y la calidad de vida de las personas, y se estructura en tres subsistemas principales:
¿Quiénes deben realizar los aportes a seguridad social?
| Trabajadores dependientes |
El empleador es el responsable de:
|
| Trabajadores independientes |
Deben asumir directamente:
|
| Empleadores |
Además de pagar el porcentaje correspondiente a los aportes, tienen una responsabilidad reforzada frente al cumplimiento oportuno, ya que cualquier omisión puede generar sanciones y responsabilidades adicionales. |
¿Cómo se calculan los aportes a seguridad social?
Los aportes se calculan sobre el Ingreso Base de Cotización (IBC), que generalmente corresponde al salario mensual o a los ingresos del independiente, así.
- Salud: 12,5% del IBC.
- Pensión: 16% del IBC.
- ARL: varía según el nivel de riesgo de la actividad económica.
En el caso de trabajadores dependientes, estos porcentajes se distribuyen entre empleador y trabajador; en independientes, el pago es asumido en su totalidad por el cotizante.
A continuación, se detallan los porcentajes de aportes al sistema de seguridad social:
Para trabajadores dependientes
|
Aporte |
Porcentaje total |
Aporte empleador |
Aporte trabajador |
|---|---|---|---|
|
Salud |
12,5 % |
8,5 % |
4 % |
|
Pensión |
16 % |
12 % |
4 % |
|
Riesgos laborales |
Según el nivel de riesgo. |
Según el nivel de riesgo. |
– |
|
Caja de compensación |
4 % |
4 % |
– |
Para trabajadores independientes
|
Aporte |
Porcentaje aporte trabajador |
|---|---|
|
Salud |
12,5 % |
|
Pensión |
16 % |
|
Riesgos laborales |
Según el nivel de riesgo. |
|
Caja de compensación (voluntario) |
0,6 % o 2 % |
Por tipo de trabajador independiente
|
Tipo de aporte |
Porcentaje de cotización |
Independiente con contrato de prestación de servicios |
Cuenta propia |
Rentista de capital |
|---|---|---|---|---|
|
Salud |
12,5 % |
Sí |
Sí |
Sí |
|
Pensión |
16 % |
Sí |
Sí |
Sí |
|
Riesgos laborales |
Según el nivel de riesgo. |
Sí |
Sí (obligatorio nivel de riesgo alto) |
Voluntario |
|
CCF |
· 0,6 % · 2 % |
Voluntario |
Voluntario |
Voluntario |
Tabla de cotizaciones a riesgos laborales según el nivel de riesgo
|
Nivel de riesgo |
Porcentaje de cotización |
Actividades |
|---|---|---|
|
I |
0,522 % |
Trabajos de oficina, administrativos, sector financiero. |
|
II |
1,044 % |
Manufactura: fabricación de tapetes, tejidos, etc. |
|
III |
2,436 % |
Manufactura: fabricación de agujas, alcohol, productos de cuero, etc. |
|
IV |
4,350 % |
Manufactura: fabricación de aceites, vidrios, servicios de transporte, vigilancia privada |
|
V |
6,960 % |
Manejo de asbestos, arenas, construcción, etc. |
¿Qué tanto sabes sobre el ingreso base de cotización –IBC–? Responde nuestro cuestionario y eleva tu nivel, aquí.
¿Cómo se determinan las fechas límite de pago de aportes a seguridad social?
Uno de los aspectos más relevantes, y al mismo tiempo más susceptibles de error, es la correcta determinación del plazo de vencimiento para el pago de los aportes a seguridad social. En el sistema colombiano, este proceso se rige por un esquema técnico estructurado a partir de los siguientes criterios:
1. Pago mes vencido
Los aportes no se pagan en el mismo mes en que se generan, sino en el mes siguiente. Ejemplo: los aportes de enero se pagan en febrero.
2. Clasificación según el tipo de aportante
La fecha límite aplica tanto para:
- Empresas (identificadas con NIT).
- Personas naturales (identificadas con cédula).
3. Últimos dígitos del documento
El elemento determinante es el número de identificación del aportante:
- Para empresas: los dos últimos dígitos del NIT (sin incluir el dígito de verificación).
- Para personas naturales: los dos últimos dígitos de la cédula.
4. Asignación por días hábiles
Las fechas no son fijas (como “día 10” o “día 15”), sino que se asignan según días hábiles del mes, lo que implica que:
- No se cuentan sábados, domingos ni festivos.
- El calendario cambia cada mes.
- El vencimiento puede variar incluso para el mismo número.
5. Rangos de vencimiento
Los últimos dígitos se agrupan en rangos, y cada rango tiene asignado un día hábil específico dentro del mes.
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