Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cambio de periodicidad para declarar el IVA


Actualizado: 26 julio, 2016 (hace 8 años)

Luego de la entrada en vigencia de la Ley 1607 del 2012, los responsables del IVA deben presentar la declaración de este impuesto de manera bimestral, cuatrimestral o anual, dependiendo de los ingresos brutos que hayan obtenido en el año anterior, así:

  • Bimestralmente, los responsables del IVA que sean grandes contribuyentes y aquellas personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos al 31 de diciembre del año gravable anterior sean iguales o superiores a 92.000 UVT.
  • Cuatrimestralmente, las personas naturales y jurídicas responsables del IVA que hayan obtenido ingresos brutos al 31 de diciembre del año gravable anterior iguales o superiores a 15.000 UVT, pero inferiores a 92.000 UVT.
  • Anualmente, las personas jurídicas y naturales responsables del IVA con ingresos generados al 31 de diciembre del año gravable anterior inferiores a 15.000 UVT.

Pero cuando los ingresos del contribuyente varían siendo necesario el cambio de periodicidad para declarar el IVA, ¿cómo se informa a la DIAN? Pues bien, el artículo 23 del Decreto 1794 del 2013 señala que con el fin de informar a la DIAN el cambio de período gravable para efectos de la declaración del IVA, el responsable deberá señalar en la casilla 24 de la primera declaración del IVA del correspondiente año el nuevo período gravable, el cual continuará a partir de la fecha de presentación de dicha declaración.

Es importante tener en cuenta que el cambio de período gravable deberá estar debidamente soportado con la certificación de contador público o revisor fiscal en la que conste el aumento o disminución de los ingresos del año gravable anterior. Dicha información deberá ponerse a disposición de la DIAN en el momento en que esta lo requiera.

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