Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Carta de Renuncia del Dr. Jaime Alberto Hernández al Consejo Técnico de la Contaduría Pública


Actualizado: 25 agosto, 2009 (hace 15 años)

Bogotá, Agosto 25 de 2009

Doctor:

RAFAEL FRANCO RUIZ

Presidente

CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA

E .S. D.

Respetado Doctor Franco:

Comedidamente me dirijo a usted, con el fin de presentar renuncia irrevocable a partir de la fecha, como Miembro del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, distinción con la que fui honrado como Representante de los Contadores Públicos en las elecciones que en su momento realizaron las asociaciones inscritas ante la Junta Central de Contadores.

Las razones que me mueven a tomar esta decisión tienen un carácter personal y profesional; en particular obedecen al criterio que expedida la Ley 1314 del 13 de julio del corriente año, según la cual, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública perdió su condición de organismo de la profesión contable y pasó a convertirse definitivamente en una entidad pública a partir del 1° de enero del año 2010, se hace aconsejable facilitarle a las autoridades competentes, adoptar las decisiones pertinentes, incluidas aquellas atinentes a la conformación de este Consejo.

Sea la oportunidad para agradecer a usted y por su intermedio a los demás Miembros y Funcionarios la colaboración prestada en el desarrollo de mis actividades.

Celebro en especial, el poder haber sido coautor y partícipe de varias de las orientaciones profesionales emitidas durante el tiempo de mi labor, con las cuales se buscó guiar a los Contadores Públicos y a las Sociedades de Contadores del país, para cumplir de una mejor forma con su ejercicio profesional.

En especial, resulta de gran satisfacción el haber plasmado varias de las ideas que como docente universitario he desarrollado en la formación de los estudiantes de Revisoría Fiscal y de Normas Nacionales e Internacionales de Contabilidad e Información Financiera en distintos eventos y universidades del país.

Por ello, el regocijo que en su momento compartí con todos los miembros del Consejo sobre el criterio de «Convergencia» adoptado por la Ley 1314 ya citada, el cual para el desarrollo cognitivo e intelectual de la disciplina contable es desde todo punto de vista benéfico, ya que permite aportar nuestros conocimientos en la gestación de las normas y «destierra», por lo menos de manera temporal, la adopción o copia de los llamados IAS/IFRS, que no se ajustan en su totalidad a los entes empresariales del país y al tipo de hechos económicos que en ellos se producen.

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Cordialmente,

JAIME A. HERNANDEZ V.

C.C 19.178.590

T.P 4669-T

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