Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cartera deteriorada completamente que se recupera en otro período


Cartera deteriorada completamente que se recupera en otro período
Actualizado: 6 septiembre, 2017 (hace 7 años)

Cuando una entidad promulga que la expectativa de recaudar ciertas cuentas por cobrar es prácticamente nula, se debe proceder a realizar un deterioro de cartera; sin embargo, dado el caso de que el deudor regrese y pague la obligación, se debe generar un ingreso por recuperación de cartera.

A continuación, daremos respuesta a la siguiente inquietud: Si una compañía tenía una cuenta por cobrar a clientes por valor de $100.000.000, pero esta había sido deteriorada en un 100 % a causa de la prolongada desaparición del titular, y este aparece tiempo después para cancelar la deuda, ¿qué tratamiento se le debe dar a este proceso?, ¿se deben corregir los estados financieros presentados?

Para dar respuesta a este interrogante se hace necesario destacar que conforme al Estándar para Pymes la primera medida a la que debe recurrir la entidad ante un posible deterioro de cartera es evaluar qué posibilidades hay de recaudar el saldo, ya sea verificando los números de contacto del cliente, de sus referencias u otras herramientas que faciliten la comunicación con él para llegar a un acuerdo. En caso de que no sea posible ubicar al cliente, como en la situación expuesta en la consulta, se debe proceder a documentar la conclusión para justificar el deterioro.

Así mismo, hay que tener en cuenta que el concepto de deterioro responde a reconocer y promulgar que la expectativa de recaudar esa cartera es prácticamente nula, diferente a perdonar al cliente, condonar la deuda o renunciar al pago. Con base en esto y en el análisis realizado se procede a reconocer un deterioro. El deterioro se reconoce como un gasto y en consecuencia la utilidad de la entidad disminuye en los estados financieros de ese año.

¿Y si al año siguiente aparece el cliente justificando que no pudo pagar porque tuvo algunos problemas que lo obligaron a ausentarse, pero, que tiene la intención de pagar la totalidad de la deuda?

Recordemos que para esta obligación, el saldo ya no se encuentra en los registros de cuentas por cobrar, puesto que la obligación está deteriorada; por consiguiente, dado que el deudor va a pagar el total de la deuda, se procede a reconocer un ingreso por recuperación de cartera deteriorada en el débito y una contrapartida a bancos o caja dependiendo del modo de pago que elija el cliente.

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