Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Caso práctico sobre la determinación del impuesto de renta para personas jurídicas del año gravable 2018


Ficha técnica:

  • Categoría: Impuestos
  • Fecha de publicación: Abril 12 de 2019
  • Fecha de grabación: Abril 9 de 2019
  • Duración: 1 hora 22 minutos
Actualizado: 12 abril, 2019 (hace 5 años)

Aquí hablaremos sobre...

La preparación y presentación de la declaración del impuesto de renta para personas jurídicas correspondiente al año gravable 2018 está sujeta a ciertas novedades que, a pesar de haber sido aprobadas por la Ley 1819 de 2016, solo entraron en vigor a partir del período en mención.  

Por medio del Decreto 2442 de 2018, mediante el cual se estableció el calendario tributario nacional, se señalaron los plazos para la presentación y pago del impuesto de renta y complementario correspondiente al año gravable 2018, así como la sobretasa (para quienes se encuentren obligados a liquidarla). Dichos vencimientos para las personas jurídicas y demás contribuyentes, en lo que corresponde a la declaración y pago de la primera cuota, iniciaron el 9 de abril y van hasta el 10 de mayo. Por su parte, el pago de la segunda cuota se realizará entre el 11 y el 25 de junio de 2019. 

Sin embargo, debe tenerse en cuenta que a través del Decreto 608 del 8 de abril de 2019 el Ministerio de Hacienda modificó los plazos para efectuar el pago de las declaraciones del impuesto sobre la renta de los contribuyentes pertenecientes a la dirección seccional de impuestos de los departamentos de Cauca y Nariño. 

En lo que corresponde a este requerimiento, es importante tener en cuenta que para su preparación y presentación deben atenderse las disposiciones señaladas en la Ley 1819 de 2016, algunas de las cuales entraron en vigor a partir de 2018 (por ejemplo, la aplicación de la norma de bancarización, entre otros importantes cambios). 

Objetivos 

  1. Contextualizar la normatividad aplicable a la preparación y presentación de la declaración de renta de las personas jurídicas por el año gravable 2018. 
  2. Identificar los ingresos, costos y deducciones, entre otros importantes elementos, que deben tenerse en cuenta en la presentación de la declaración de renta de las personas jurídicas por el año gravable 2018.  
  3. Comprender a través de un caso práctico cómo se determina el impuesto de renta para las personas jurídicas por el año gravable 2018. 

Temario 

  • Determinación del impuesto de renta por el año gravable 2018. 
    • Disponible. 
    • Inversiones y cuentas por cobrar. 
    • Inventarios y activos amortizables. 
    • Reconocimiento contable y fiscal de pasivos: pasivos en moneda extranjera, subcapitalización, provisiones. 
    • Enajenación de activos fijos. 
    • Deducciones y bancarización. 
    • Gastos en el exterior. 
    • Operaciones no facturadas al cierre de 2018. 
    • Rentas exentas y renta presuntiva. 

Quizás también te interese 

Doris Gutiérrez Parra
Contadora Pública de la universidad Santiago de Cali, especialista en gerencia tributaria de la Universidad ICESI, con experiencia profesional de más de 30 años en áreas tributarias y contables en reconocidas firmas del país. Su experiencia profesional ha incluido la participación y ejecución de varios roles como: consultoría especializada, planeación tributaria, diagnósticos tributarios (Due Dilligence), revisión y preparación de declaraciones tributarias nacionales y municipales, revisión y elaboración de provisiones de renta. Cuenta con experiencia como docente universitaria desde hace más de 20 años y adicionalmente tiene a su cargo la coordinación de diversos programas académicos en importantes universidades a nivel nacional. Además, es conferencista en seminarios de actualización tributaria.
Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,