Presidencia de la República. Por el cual se dictan disposiciones en materia de Retención en la Fuente por pagos o abonos en cuenta por concepto de servicio de transporte.
Presidencia de la República. Se establecieron disposiciones en lo referente a los Certificados Tributarios.
Ministerio de hacienda. Por el cual se reglamenta el artículo 30 de la ley 9 de 1983 y se dictan normas en materia de retención en la fuente.
Por la cual se fortalecen los fiscos de las Entidades Territoriales y se dictan otras disposiciones
Ministerio de Gobierno. Por el cual se dictan normas relativas a la idoneidad, la calidad, las garantías, las marcas, las leyendas, las propagandas y la fijación pública de precios de bienes y servicios, la responsabilidad de sus productores, expendedores y proveedores, y se dictan otras disposiciones.
Corte Suprema de Justicia. Señaló que el contrato de compraventa de automóviles no es un contrato real que se perfecciona con la entrega de la cosa, sino que es un contrato consensual, del cual surge la obligación al vendedor de hacer la transmisión del dominio de la cosa al comprador.
Congreso de Colombia. Se definen los intereses sobre las cesantías y además se establecen disposiciones generales sobre las características de esta prestación social a la que tienen derecho todos los empleados.
Disposiciones reglamentarias en materia de impuesto sobre la renta y complementarios.
Por la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de contador Público
Congreso de la República. Procedimientos laborales para la reclamación judicial de derechos laborales.
Senado de la República. Disposiciones legales sustantivas que determinan especialmente los derechos de los particulares.