Congreso de Colombia. Por lo cual se dictan algunas disposiciones en materia contable, se le entregan unas facultades al Gobierno Nacional para modificar la estructura de la Junta Central de Contadores y se reforman algunos artículos de la ley 1314 de 2009 y ley 43 de 1990.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Requisitos para efectuar avalúos técnicos para la presentación de datos en los estados financieros preparados bajo norma local.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Responsabilidad derivadas de la entrega del cargo de contador público en propiedad horizontal.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Obligación del contador público de firmar estados financieros preparados según los lineamientos de la norma local, cuando la entidad estaba obligada a elaborar estados financieros con un nuevo marco normativo.
Supersociedades. Reconocimiento de la distribución de utilidades a socios o accionistas según las dinámicas del Estándar Internacional.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Personas naturales o jurídicas obligadas a aplicar Normas Internacionales de Información Financiera.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Tratamiento de la diferencia en cambio en pago de facturas correspondientes a compra de inventario.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Reconocimiento contable de los pagos realizados por reactivación fiscal de pasivos inexistentes.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Reconocimiento bajo Estándares Internacionales de Información Financiera para Pymes de gastos de investigación y desarrollo como parte de los intangibles.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Vigencia de la posibilidad de realización de Estados financieros de propósito especial bajo Estándares Internacionales de Información Financiera.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Obligación de preparar información financiera según las indicaciones de las Normas Internacionales de Información Financiera en una Entidad sin ánimo de lucro.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Integrantes del Consejo Técnico de la Contaduría Pública.