Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cédulas de pensiones y de capital: análisis de las secciones del formulario 210 que les corresponden


Cédulas de pensiones y de capital: análisis de las secciones del formulario 210 que les corresponden
Actualizado: 10 julio, 2018 (hace 6 años)

¿Qué ingresos brutos hacen parte de la cédula de rentas de pensiones y qué ingresos no gravados pertenecen a esta? ¿Qué tipo de ingresos, rentas exentas y deducciones se pueden registrar en la cédula de rentas de capital? Estas, entre otras preguntas, se responden en este editorial.

El formulario 210 para el año gravable 2017 y/o fracción de 2018 fue prescrito con la Resolución 000032 de mayo 23 de 2018. Este será utilizado por las personas naturales y/o sucesiones ilíquidas residentes, independientemente de si se encuentran obligadas o no a llevar contabilidad. En este editorial se analizan las secciones correspondientes a la cédula de rentas de pensiones, y de capital.

Sección para la cédula de rentas de pensiones

  • Esta cédula cuenta con cinco renglones (del 38 al 42).
  • Se consideran ingresos brutos de esta cédula las pensiones reconocidos por el sistema general de pensiones, indemnizaciones por riesgos laborales, indemnizaciones sustitutivas de las pensiones, devoluciones de saldos de ahorro pensional, pensiones provenientes del exterior, etc.
  • Entre los ingresos no gravados imputables a esta cédula están los aportes obligatorios a salud y las contribuciones al fondo de solidaridad pensional, y solo se aceptan como rentas exentas el equivalente a 1.000 UVT mensuales, sin que se pueda acceder a este beneficio respecto de las pensiones recibidas del exterior.

Sección para la cédula de rentas de capital

  • Esta sección comprende los renglones 43 a 53.
  • Los tipos de ingresos que se pueden registrar en esta cédula son: intereses y rendimientos financieros, los valores recibidos por arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, y los beneficios obtenidos por la explotación de propiedad intelectual. Estos conceptos, tanto los obtenidos en Colombia como en el exterior, se deben registrar en el renglón 43.
  • Se consideran ingresos no gravados: el componente inflacionario, los aportes obligatorios a pensión y los aportes voluntarios a los fondos de pensiones obligatorias.
  • En esta cédula sí se pueden asignar costos y gastos procedentes, mientras tengan relación de causalidad con los ingresos antes señalados.
  • En el renglón 47 se registrarán las rentas pasivas provenientes de entidades controladas del exterior.
  • Para el renglón 48, se consideran ejemplos de rentas exentas aplicables a esta cédula: los aportes voluntarios a los fondos de pensiones voluntarios y los aportes a las cuentas AFC, y las rentas de capital recibidas en países miembros de la CAN.
  • Las deducciones que se pueden aplicar en la cédula de rentas de capital son: los aportes voluntarios a los fondos de cesantías, el 50 % del valor pagado por concepto de gravamen a los movimientos financieros y los intereses del crédito de vivienda.
  • En esta cédula se puede obtener pérdida líquida del ejercicio, la cual se registraría en el renglón 51. De igual manera, es posible realizar la compensación de pérdidas de ejercicios anteriores (renglón 52).

Si quiere ampliar la información sobre este tema, lea nuestro análisis Instrucciones del formulario 210 obvian que rentas de la CAN no se encuentran limitadas.

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