Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Certificación de Estados Financieros


Actualizado: 20 octubre, 2014 (hace 10 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Qué es certificar estados financieros?
  • ¿Por qué se certifica?
  • ¿Quiénes deben certificar los estados financieros?
  • ¿Qué se certifica?

Los Estados Financieros de una empresa estarán certificados cuando mediante un documento, que es de obligatoria emisión, el representante legal y el contador de la empresa declaren que la información dispuesta al interior de los informes contable – financieros emitidos, ha sido verificada con antelación y se ha confirmado que responde fielmente a los datos registrados en los libros de contabilidad y que además ha sido elaborada conforme a las normas establecidas.

¿Qué es certificar estados financieros?

El artículo 37 del Decreto 2649 explicó que:

 “La certificación consiste en declarar que se han verificado previamente las afirmaciones contenidas en ellos, conforme al reglamento, y que las mismas se han tomado fielmente de los libros”

¿Por qué se certifica?

Por mandato legal, la obligatoriedad de certificar estados financieros está dispuesta en la siguiente normatividad:

Normatividad

Texto Completo

Ley 222 de 1995 ARTICULO 35. ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS. (…) Los estados financieros de propósito general consolidados deben ser sometidos a consideración de quien sea competente, para su aprobación o improbación.
ARTICULO 37. ESTADOS FINANCIEROS CERTIFICADOS. El representante legal y el contador público bajo cuya responsabilidad se hubiesen preparado los estados financieros deberán certificar aquellos que se pongan a disposición de los asociados o de terceros. La certificación consiste en declarar que se han verificado previamente las afirmaciones contenidas en ellos, conforme al reglamento, y que las mismas se han tomado fielmente de los libros.

¿Quiénes deben certificar los estados financieros?

En concordancia con lo dispuso en el artículo 33 del Decreto 2649 de 1993, los informes contables deben ser certificados por el representante legal y el contador público que los hubiere preparado.

De igual forma, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto 2649 de 1993 la preparación y presentación de los estados financieros es responsabilidad de los administradores del ente; ahora bien, son considerados administradores, según el artículo 22 de la Ley 22 de 1995:

 Son administradores el representante legal, el liquidador, el factor, los miembros de juntas o consejos directivos y quienes de acuerdo con los estatutos ejerzan o detenten esas funciones.

¿Qué se certifica?

Los Estados financieros básicos y consolidados de conformidad.

El artículo 57 del Decreto 2649 de 1993 estableció la obligación de verificar las afirmaciones indicadas en los estados financieros, por su parte el artículo 37 de la Ley 222 de 1995 indicó que el representante legal y el contador público bajo cuya responsabilidad se preparen los estados financieros, deberán certificarlos.

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