Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Certificación de retenciones a terceros


Actualizado: 23 noviembre, 2021 (hace 2 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

Si una entidad asume retenciones de un tercero, ¿estas deben certificarse? ¿El tercero puede tomarlas en su declaración de renta y complementario? 

Pregunta resuelta 11 de noviembre de 2021

A continuación, el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, indica si las entidades que asumen retenciones de un tercero las deben certificar, según lo señalado en el Concepto 042076 de julio de 2004.

Además, explica cuáles son los efectos de no certificar las retenciones de un tercero, de acuerdo con lo establecido en el artículo 667 del Estatuto Tributario.

No olvides visitar nuestro especial Retención en la fuente: ¿qué es y cómo se aplica?

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