Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

[Certificaciones] Certificado para modificar o suspender beneficios extralegales a causa del COVID-19


Actualizado: 18 mayo, 2020 (hace 4 años)

El Ministerio del Trabajo propone modificar los beneficios extralegales como opción para proteger el empleo en esta fase de mitigación del COVID-19.

Luego de concertarlo con el empleado, podrá usar este modelo para certificar que se realizará una modificación en el pago de beneficios extralegales.

Este formato en Word que compartimos (puede encontrarlo al final de este editorial) fue elaborado, de acuerdo con la Resolución n.° 1 del 10 de abril de 2020 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y las instrucciones impartidas por el Ministerio del Trabajo a través de la Circular 000033 de abril 17 de 2020 (emitida con el fin de establecer alternativas para que los empleadores protejan el empleo ante la situación actual de emergencia por el coronavirus).

Con este formato podrá certificar, como empleador, que inició un proceso de concertación con el empleado, dando lugar a una disminución o suspensión de los beneficios extralegales como estrategia para proteger tanto el sostenimiento de los empleados como el de la entidad.

No pierda de vista que debe quedar justificada dicha modificación o suspensión, exponiendo cuáles son los efectos negativos, económicos y de operaciones que ha sufrido la empresa, luego de haber sido declarada la emergencia sanitaria por parte del Gobierno nacional.

Así pues, en este documento debe dejar expuesto, previa concertación con el trabajador, que se realizará una modificación o suspensión en los beneficios extralegales que aquel percibe (beneficios entregados por parte del empleador por mera liberalidad, los cuales no constituyen salario (ver artículos 127 y 128 del Código Sustantivo del Trabajo).

También se puede aclarar en el certificado que, una vez termine el período de mitigación del COVID-19 y las medidas de aislamiento preventivo obligatorio, se realizará nuevamente una concertación de estos beneficios.

Descargue aquí el Certificado para modificar o suspender beneficios extralegales ante el COVID-19.

Si desea conocer más sobre otras alternativas que puede adoptar, le invitamos a revisar nuestros editoriales ¿Qué alternativas tienen los empleadores frente al COVID-19?, COVID-19 en Colombia: medidas tributarias, laborales y comerciales tomadas por el Gobierno e Informe del contador o revisor fiscal para que una entidad acceda al subsidio de nómina, con los cuales podrá ilustrarse para tomar la mejor decisión, siempre pensando en la protección del trabajador.

Tenga presente que en este momento el Gobierno nacional adelanta otras medidas, además de las ya emitidas oficialmente que puede consultar en Entidades del Gobierno Nacional emiten normas para afrontar el COVID-19.

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