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Cesantías y sus intereses pagados en 2023 formarán ingreso fiscal, pero sin someterse a retefuente


Cesantías y sus intereses pagados en 2023 formarán ingreso fiscal, pero sin someterse a retefuente

Aquí hablaremos sobre...

  • Cesantías de los años 2017 y siguientes consignadas al fondo son ingreso fiscal
  • Renta exenta por retiro de cesantías
  • Cesantías e intereses no se someten a retención en la fuente en ningún momento

Actualizado: 11 enero, 2023 (hace 4 años)

El artículo 27 del ET y el artículo 1.2.1.20.7 del DUT 1625 de 2016 confirman que las cesantías de los años 2017 y siguientes son ingreso fiscal en el año en que se consignen. Las cesantías no deben someterse a retención según el parágrafo 3 del artículo 135 de la Ley 100 de 1993 y el artículo 22 del Decreto 841 de 1998. Este contenido solo está disponible para Suscriptores. Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí. Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.

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