Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cierre contable de las pymes por 2016 será el primero bajo Estándares Internacionales


Cierre contable de las pymes por 2016 será el primero bajo Estándares Internacionales
Actualizado: 28 diciembre, 2016 (hace 7 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿En qué fase del cronograma de convergencia estuvieron las pymes en 2016?
  • ¿Qué estados financieros tendrán que prepararse al cierre de 2016?
  • Anexos que deben incluir los primeros estados financieros de las pymes
  • ¿Cuándo deben remitirse estos documentos?

Según el cronograma de convergencia a los nuevos marcos normativos, durante el año 2016 tuvo lugar el primer periodo de implementación plena del Estándar Internacional de Información Financiera para Pymes. Así mismo, al cierre se elaborarán los primeros estados financieros bajo estas dinámicas.

El marco normativo asignado a las entidades del Grupo 2 o pymes no establece con claridad las cualidades que deben cumplir las organizaciones alojadas en dicho grupo. Solo se indicó, para efectos normativos, que pertenecerán a este las entidades que no se encuentren obligadas a acogerse al grupo 1 ni al 3. Por tal motivo, podríamos resumir sus características de la siguiente manera:

  • Entidades que no cotizan en bolsa ni son emisoras de valores.
  • No captan ni colocan dineros del público en forma masiva, es decir, no son entidades de interés público.
  • No son subordinadas o sucursales de una compañía nacional o extranjera que aplique el Estándar Internacional Pleno.
  • No es matriz, asociada o negocio conjunto de una o más entidades extranjeras que apliquen el Estándar Pleno.
  • No realiza importaciones o exportaciones que representen más del 50% de las compras o de las ventas, respectivamente.
  • Tiene entre 10 y 200 empleados.
  • Tiene activos entre 500 y 30.000 smmlv.

¿En qué fase del cronograma de convergencia estuvieron las pymes en 2016?

“el año 2016 fue el primer periodo de aplicación plena de la nueva normativa y, por tanto, al cierre del mismo las empresas deberán elaborar sus primeros estados financieros bajo Estándares Internacionales”

El cronograma de convergencia a los nuevos marcos normativos de información financiera para las entidades del Grupo 2 a fin de implementar el Estándar Internacional para Pymes, indica que el año 2016 fue el primer periodo de aplicación plena de la nueva normativa y, por tanto, al cierre del mismo las empresas deberán elaborar sus primeros estados financieros bajo Estándares Internacionales, lo cual requiere de forma obligatoria la comparación de cifras entre los datos del fin de año 2015 y los de 2016.

¿Qué estados financieros tendrán que prepararse al cierre de 2016?

Al igual que en el cierre de 2015, en 2016 las pymes deberán preparar estados de situación financiera, de resultados y resultado integral, de cambios en el patrimonio, de flujos de efectivo y un informe de notas a los estados financieros. A continuación presentamos las tres formas en las que estos documentos pueden combinarse:

Opción 1

Opción 2

Opción 3

  • Estado de situación financiera.
  • Estado de resultados y estado del resultado integral.
  • Estado de cambios en el patrimonio.
  • Estado de flujos de efectivo.
  • Estado de situación financiera.
  • Estado del resultado integral.
  • Estado de cambios en el patrimonio.
  • Estado de flujos de efectivo.

 

  • Estado de situación financiera.
  • Estado de resultados y ganancias acumuladas.
  • Estado de flujos de efectivo.

 

En los tres casos anteriores, la entidad debe presentar sus estados financieros acompañados de las respectivas notas en las que cumpla todos los requerimientos de información solicitados por el Estándar Internacional para Pymes.

Ahora bien, la particularidad de estos informes al corte 2016 consiste en que por primera vez serán elaborados de forma comparativa, confrontando las cifras con las obtenidas por el año 2015, lo cual les otorga la categoría de estados financieros.

Anexos que deben incluir los primeros estados financieros de las pymes

Cada etapa del proceso de convergencia requirió la elaboración de algunos documentos específicos y, en cierta forma, la expedición de los primeros estados financieros comparativos representa el cierre de este proceso de acoplamiento al nuevo marco normativo. Por tanto, debe estar respaldado con los siguientes documentos adicionales:

  • Proyecto de implementación.
  • Manual de políticas contables.
  • Estado de situación financiera de apertura.
  • Primer juego de informes financieros (informes del corte 2015).
  • Soportes de las operaciones en transición (2015) y aplicación plena (2016).

¿Cuándo deben remitirse estos documentos?

Las entidades sujetas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Sociedades deberán remitir los informes financieros, solicitados por dicha entidad en su Circular 201-000010 de 2016, durante los siguientes términos:

Tipo de entidad

Documentos a reportar

Fechas de reporte

Sociedades vigiladas o controladas

  • Estado de situación financiera.
  • Estado de resultados.
  • Estado de resultado integral.
  • Certificación de estados financieros firmada por representante legal, contador y revisor fiscal.
  • Informe de gestión de los administradores.
  • Dictamen del revisor fiscal.
  • Notas a los estados financieros.
Entre el 17 de abril y el 15 de mayo de 2017 (según los dos últimos dígitos del NIT).

Sociedades inspeccionadas

  • Estado de situación financiera.
  • Estado de resultados.
  • Estado de resultado integral.
  • Certificación de estados financieros firmada por representante legal, contador y revisor fiscal.
  • Informe de gestión de los administradores.

*El dictamen del revisor fiscal y las notas a los estados financieros no son de reporte obligatorio, pero deben mantenerse a disposición porque pueden ser requeridos en  cualquier momento por la Superintendencia.

Entre el 17 de abril y el 15 de mayo de 2017 (según los dos últimos dígitos del NIT).

Entidades controlantes

  • Estados financieros consolidados del grupo económico o empresarial.
  • Certificación de estados financieros firmada por representante legal, contador y revisor fiscal.
  • Informe de gestión de los administradores.
  • Dictamen del revisor fiscal.
  • Notas a los estados financieros.
Hasta mayo 23 de 2017 (sin importar el NIT del reportante).

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