Actualizado: 17 octubre, 2019 (hace 5 años)
El artículo 657 del ET señala que los responsables del IVA o el INC que estén en mora en la presentación o pago de sus declaraciones se exponen a la sanción del cierre del establecimiento. Pero si los inscritos en el SIMPLE solo declararán tales impuestos una vez al año, ¿cómo les aplica la sanción?
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