Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Circular 0000008 de 08-02-2011


Actualizado: 8 febrero, 2011 (hace 13 años)

DIAN
Circular 0000008
08-02-2011

La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Que mediante Decreto 366 del 28 de febrero de 1992, artículo 7, se adoptó la tasa de cambio representativa del mercado, vigente al momento de la operación, a 31 de diciembre o el último día del período, para los efectos del ajuste por diferencia en cambio de los activos y pasivos poseídos en moneda extranjera, certificada por la Superintendencia Financiera.

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