Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Circular 024 de 06-06-2003


Actualizado: 6 junio, 2003 (hace 21 años)

CIRCULAR EXTERNA 024 DE 2003
( Junio 06 )

 

Señores
REPRESENTANTES LEGALES Y REVISORES FISCALES DE LAS ENTIDADES VIGILADAS

 

Referencia: Modificación de la Circular Externa 021 de 2003

 

Apreciados señores:

Como quiera que se han generado algunas inquietudes en relación con el alcance de los numerales 5.1.2 y 5.2.2. de la Circular Externa 021 de 2003, este Despacho en considera necesario impartir las siguientes instrucciones:

1. Se deroga el numeral 5.1.2 de la Circular Externa 21 de 2003.

2. El numeral 5.2.2. de la Circular Externa 21 de 2003 quedará así:

"Las siguientes inversiones forzosas u obligatorias que posean las entidades a la entrada en vigencia de la presente circular, podrán reclasificarse sin observancia de los criterios establecidos en el numeral 4º, Capítulo I de la Circular Externa 100 de 1995, a más tardar el 9 de junio de 2003:

-Las que se adquieran en el mercado primario con el propósito de cumplir requerimientos legales;
-Las recibidas en cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo 4º del artículo 41 de la Ley 546 de 1999; y
-Las emitidas por el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras -FOGAFIN destinados a la capitalización de las entidades financieras.

Con todo, las entidades que opten por reclasificar tales inversiones como hasta el vencimiento, deberán tomar como precio de compra para el cálculo de la tasa interna de retorno, el valor por el cual las mismas se encontraban registradas en la fecha de entrada vigencia de la presente circular".

La presente Circular Externa rige a partir del 6 de junio de 2003 y modifica en lo pertinente la Circular Externa 021 de 2003.

Cordialmente,

JORGE PINZON SANCHEZ
Superintendente Bancario

5000, 0200

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