Ministerio del Trabajo
Circular 29
abril 03 de 2020
El Ministerio del Trabajo recuerda a los empleadores que la colaboración que deben prestar las administradoras de riesgos laborales respecto al suministro de elementos de protección personal, chequeos médicos de carácter preventivo y diagnóstico y acciones de intervención relacionadas de manera directa con el COVID-19 no los exime de cumplir con su obligación de proporcionar elementos de protección personal y realizar actividades de seguridad y salud en el trabajo.