Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Circular básica jurídica de la Superfinanciera sería modificada en relación con la revisoría fiscal


Circular básica jurídica de la Superfinanciera sería modificada en relación con la revisoría fiscal
Actualizado: 10 mayo, 2018 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Funciones y responsabilidades de la revisoría fiscal
  • Elección y nombramiento
  • Funciones del comité de auditoría en relación con la revisoría fiscal
  • Auxiliares y otros expertos
  • Presupuesto
  • Período, rotación y entrega del cargo
  • Relación de la revisoría fiscal con la entidad
  • Relación y colaboración del revisor fiscal con el supervisor
  • Regulaciones especiales

La Superfinanciera publica para discusión pública el proyecto de circular externa a través del cual se modificaría la Circular básica jurídica en lo relativo a la revisoría fiscal. En este editorial exponemos algunos de los cambios que incluye el documento y los plazos para la recepción de comentarios.

“La recepción de comentarios será hasta las 5:00 p.m. del día viernes 18 de mayo de 2018; opiniones que podrán ser enviados a través del correo electrónico normativa@superfinanciera.gov.co

El pasado 2 de mayo de 2018 la Superintendencia Financiera publicó un proyecto de circular externa por medio del cual se espera modificar el numeral 3 del capítulo 3 del título 1 de la parte 1 de la Circular básica jurídica en lo que tiene que ver con la revisoría fiscal en entidades vigiladas por este organismo, con el fin de actualizar dicho marco de acuerdo a los nuevos lineamientos que rigen para el ejercicio del revisor fiscal. La recepción de comentarios será hasta las 5:00 p.m. del día viernes 18 de mayo de 2018; opiniones que podrán ser enviados a través del correo electrónico normativa@superfinanciera.gov.co con el asunto 2017050980.

En la nueva estructura propuesta para el numeral 3, se pasa de tener de 3 a 9 secciones. A continuación, mencionamos a grandes rasgos cuáles son.

Funciones y responsabilidades de la revisoría fiscal

Las funciones y responsabilidades del revisor fiscal en las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera deben ser desarrolladas de acuerdo con los lineamientos del Código de Comercio, la Ley 43 de 1990, el Decreto 2420 de 2015 y las demás normas que enmarquen la profesión del contador público. Conforme a estos marcos, la revisoría fiscal debe ejecutarse con base en tres tipos de auditoría:

  • Financiera: examen de la información financiera de la entidad, aplicando las Normas de Aseguramiento de la Información –NAI–.
  • De cumplimiento regulatorio: examen de las operaciones de la entidad de tipo contable, financiero y de riesgos, aplicando las  Normas Internacionales para Trabajos de Aseguramiento –ISAE–.
  • Del sistema de control interno: examen del sistema de control interno, de sus elementos y principios aplicando la ISAE 3000.

Elección y nombramiento

De acuerdo con el artículo 204 del Código de Comercio la responsabilidad en la elección y nombramiento del revisor fiscal de una sociedad recae sobre el máximo órgano social o la asamblea general de accionistas atendiendo las incompatibilidades e inhabilidades descritas en el artículo 205 del Código de Comercio y los artículos 50 y 51 de la Ley 43 de 1990.

Funciones del comité de auditoría en relación con la revisoría fiscal

Entre las funciones del comité de auditoría se encuentran:

  • Revisar las propuestas relacionadas con la contratación de los servicios del revisor fiscal y verificar si estas se ajustan a las necesidades y requerimientos legales para la entidad.
  • Sin interferir con la independencia del revisor fiscal, realizar un seguimiento a sus funciones y verificar que este cuente con las competencias requeridas en cuanto a la capacidad técnica y la ética profesional.
  • Reunirse con el revisor fiscal sin la participación de la alta gerencia al inicio, durante y al final de cada período.
  • Analizar los resultados obtenidos del encargo en conjunto con el revisor fiscal.

Auxiliares y otros expertos

Para llevar a cabo el encargo, el revisor fiscal puede contar con auxiliares u otros colaboradores dentro de su grupo de trabajo, estos actuarán bajo la responsabilidad y dirección del revisor fiscal y deberán cumplir con sus mismos requisitos y competencias. En ningún caso dichos colaboradores podrán estar vinculados bajo cualquier modalidad de contrato en la entidad auditada.

Presupuesto

“debe quedar definido el suministro de herramientas, recursos técnicos y tecnológicos y demás recursos que aseguren la calidad del encargo que este deberá desarrollar”

En el acta de la reunión en la que se designe el revisor fiscal debe quedar definido el suministro de herramientas, recursos técnicos y tecnológicos y demás recursos que aseguren la calidad del encargo que este deberá desarrollar. Adicionalmente, se debe incluir el análisis realizado para estimar dichos rubros.

Período, rotación y entrega del cargo

En las sociedades que tengan junta directiva, el período de encargo del revisor fiscal será el mismo que dure esta. En caso de que no exista junta directiva el período del revisor fiscal corresponderá al aprobado por el máximo órgano social.

Relación de la revisoría fiscal con la entidad

Los administradores de la entidad deben suministrar toda la información que este requiera para cumplir con su encargo de auditoría. Esta precisión es de carácter obligatorio. Cuando, en su ejercicio, el revisor fiscal no reciba la colaboración de la administración para obtener la información, debe expresar a los responsables de gobierno o, si lo considera necesario, a la Superintendencia Financiera dicha desavenencia.

Relación y colaboración del revisor fiscal con el supervisor

De acuerdo con la directriz incluida en el numeral 3 del artículo 207 del Código de Comercio, el revisor fiscal debe colaborar con las entidades gubernamentales que estén designadas para fiscalizar e inspeccionar a la entidad y rendir los informes que estos entes le soliciten; ante este requerimiento, el secreto profesional y el principio de confidencialidad no se consideran razones válidas para abstenerse de cumplir con dichos requerimientos.

Regulaciones especiales

En este acápite se encuentran lineamientos sobre el pronunciamiento del revisor fiscal ante los estados financieros del período anterior, estados financieros consolidados, fondos de inversión colectiva, patrimonios autónomos, negocios fiduciarios, entre otros.

Material relacionado:

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,