Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Circular Externa 014 de 17-04-2008


Actualizado: 17 abril, 2008 (hace 16 años)

Superintendencia Financiera de Colombia
Circular Externa 014
17-04-2008

 

Señores
REPRESENTANTES LEGALES Y REVISORES FISCALES DE LOS ESTABLECIMIENTOS BANCARIOS, COMPAÑÍAS DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL, ORGANISMOS COOPERATIVOS DE GRADOS SUPERIOR, COOPERATIVAS FINANCIERAS, ADMINISTRADORAS DE SISTEMAS DE PAGO DE BAJO VALOR Y BANCO DE LA REPÚBLICA.

Referencia: Información sobre Transacciones efectuadas a través de los canales de distribución dispuestos por las entidades vigiladas.

Apreciados señores:
Con el fin de recopilar información detallada sobre las transacciones realizadas por los clientes y/o usuarios a través de los canales de distribución dispuestos por las entidades vigiladas, esta Superintendencia en ejercicio de sus facultades legales, especialmente las contenidas en el artículo 326 numeral 3, literal a) del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en el artículo 11, numeral 9 del Decreto 4327 de 2005, considera necesario adoptar la proforma F.0000-141 denominada “Transacciones a través de los canales de distribución” (formato No. 444) y su correspondiente instructivo.

Las entidades deberán efectuar transmisiones de prueba de este formato entre el 13 y 21 de mayo de 2008 con la información con corte al 31 de diciembre de 2007, atendiendo las condiciones y requisitos previstos en el respectivo instructivo.

Adicionalmente, las transmisiones de prueba mencionadas deberán realizarse de conformidad con las siguientes disposiciones relativas a grupos y fechas:

  1. Bancos: 13, 14 y 15 de mayo de 2008
  2. Compañías de Financiamiento Comercial: 16 y 19 de mayo de 2008
  3. Organismos Cooperativos de Grado Superior y Cooperativas Financieras:  20  y 21 de mayo de 2008
  4. Administradoras de Sistemas de Pago de Bajo Valor y Banco de la República: 22 y 23  de mayo de 2008

La transmisión definitiva de dicha información con corte al 31 de diciembre de 2007 deberá llevarse a cabo entre el 3 y 6 de junio de 2008.

La presente circular rige a partir de su publicación y adopta e incorpora al Anexo I de la Circular Básica Contable y Financiera (C.E. 100 de 1995) , la proforma F.0000-141 “Transacciones efectuadas a través de los canales de distribución dispuestos por las entidades vigiladas” (formato 444)  con su correspondiente instructivo.

Cordialmente,

CÉSAR PRADO VILLEGAS
Superintendente Financiero de Colombia

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