Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Circular Externa 032 de 22-11-2013


Actualizado: 22 noviembre, 2013 (hace 10 años)

Superintendencia Financiera de Colombia
Circular Externa 032
22-11-2013

Referencia: Modificar los Capítulos VI, XIII-1 y XIII-13 de la Circular Básica Contable y Financiera (CBCF), el Plan Único de Cuentas para el Sistema Financiero (PUC) y los Formatos 110 (Proforma F.1000-48) y 301 (Proforma F.0000-97).

Apreciados señores:

Como es de conocimiento, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 904 de 2013 por medio del cual modifica la definición y cálculo del capital regulatorio para los Establecimientos de Crédito de Naturaleza Cooperativa con el objetivo de mejorar su calidad y ajustar las normas colombianas a estándares internacionales.

Teniendo en cuenta lo anterior, esta Superintendencia en ejercicio de sus facultades y, en especial, de lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, ha considerado necesario impartir las siguientes instrucciones:

Primero: Modificar el Capítulo XIII-13 “Patrimonio Técnico y Relaciones Mínimas de Solvencia” de la CBCF, y su Anexo 1 “Mecanismos para solicitar la aprobación de los compromisos señalados en el artículo 2.1.1.1.13 del decreto 2555 de 2010”.

Segundo: Eliminar el  numeral 1 “Relación activos ponderados por su nivel de riesgo (crediticio y de mercado) – patrimonio técnico” del Capítulo XIII-1 “Relación de activos ponderados por su nivel de riesgo” de la CBCF.

Tercero: Modificar el numeral 1.2 del Capítulo VI “Reglas relativas a la administración del riesgo de liquidez” de la CBCF para ajustar la definición de inversiones indirectas.

Cuarto: Modificar el Formato 110 (Proforma F.1000-48) “Formato de cuentas no PUC para el cálculo de patrimonio adecuado”, con su correspondiente instructivo, para incorporar y ajustar algunas subcuentas.

Quinto: Modificar el instructivo del Formato 301 (F.0000-97) “Declaración del Control de Ley Margen de Solvencia”.

Sexto: Modificar la descripción de la cuenta 3205 “Reserva Legal” del Plan Único de Cuentas para el Sistema Financiero, en la cual se registra la subcuenta 320520– Reservas para Protección de Aportes Sociales.

Periodo de pruebas: Las pruebas para el Formato 110 (Proforma F.1000-48) y Formato 301 (Proforma F.0000-97) deben reportarse por parte de los Establecimientos de Crédito de Naturaleza Cooperativa, los Organismos Cooperativos de Grado Superior de Carácter Financiero, el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. (Bancoldex), la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, Financiera de Desarrollo Nacional S.A., la Financiera de Desarrollo Territorial (Findeter), el Fondo Nacional del Ahorro (FNA) y el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (Finagro), de manera individual y consolidada entre el 12 y el 17 de diciembre de 2013, con corte al 30 de junio de 2013.

Transmisiones oficiales: La primera transmisión oficial que las entidades señaladas en el periodo de pruebas de la presente Circular, deben presentar en los formatos que se modifican mediante la presente Circular, se realizará con corte al 31 de enero de 2014 para el reporte individual y al 31 de marzo del mismo año para el reporte consolidado, atendiendo los plazos y condiciones previstas en los instructivos correspondientes de cada formato.

Séptimo: Las actuaciones administrativas sancionatorias iniciadas por esta Superintendencia por el presunto incumplimiento de las instrucciones que se deroguen y/o modifiquen con la entrada en vigencia de la presente Circular Externa, continuarán su procedimiento hasta su terminación, con base en las instrucciones aplicables al momento de la ocurrencia de los hechos.

Octavo: La presente Circular Externa rige a partir del 1 de enero de 2014 excepto lo dispuesto para el periodo de pruebas de los Formatos 110 y 301, que rigen a partir de la fecha de expedición de esta Circular.

Se adjuntan las páginas que se modifican.

Cordialmente,

GERARDO HERNÁNDEZ CORREA
Superintendente Financiero de Colombia

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