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Ojo porque la obligación de mantener el RUT actualizado sigue vigente y su incumplimiento acarrea sanciones.
Los contribuyentes residentes fuera del país que deban actualizar su Registro Único Tributario -RUT- están encontrando un nuevo obstáculo en la plataforma MUISCA.
Lo que antes podía hacerse de forma autogestionada al modificar el país (cambio de residencia) directamente desde el portal, ahora exige el acompañamiento de un funcionario de la entidad.
Así se evidencia con el caso de un usuario que, al intentar firmar la actualización de su RUT, recibió en pantalla un recuadro de error que le impidió continuar con el trámite. El mensaje de la Dian señala lo siguiente:
«Si cambia de departamento o municipio, también cambia la dirección seccional. Agende una cita con un funcionario de la DIAN para hacer esta actualización. Solo personal autorizado puede hacerlo.»
En la práctica, esto significa que la actualización de datos asociados a la ubicación —que para los colombianos en el exterior suele implicar un cambio de país y, por ende, de dirección seccional— ya no puede completarse de manera autónoma a través del portal, como ocurría anteriormente. El sistema redirige al contribuyente a solicitar una cita para que el cambio sea gestionado por personal autorizado.
Este cambio en el procedimiento es relevante porque la obligación de mantener el RUT actualizado sigue vigente y su incumplimiento acarrea sanciones.
De acuerdo con el artículo 658-3 del ET, las personas o entidades inscritas que no actualicen la información dentro del mes siguiente al hecho que genera la actualización se exponen a una multa.
La sanción equivale a 1 UVT por cada día de retraso en la actualización de la información. Sin embargo, cuando la desactualización se refiere a la dirección o a la actividad económica del obligado —como en el caso del cambio de país y dirección seccional—, la multa asciende a 2 UVT por cada día de retraso.
Por lo anterior, recomendamos a los suscriptores que requieran este trámite agendar la cita con la Dian con suficiente antelación, de modo que la gestión presencial o virtual no termine generando un retraso sancionable.
👉 Para calcular el valor exacto de la posible sanción, puede utilizar nuestra herramienta: RUT: liquidador de sanciones | Actualícese
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